28 de February del 2021 a las 19:00 -
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Cambio de prestador de salud: inicio de la movilidad regulada
Este año, más de 2 millones de personas beneficiarias del Seguro Nacional de Salud podrán elegir una nueva institución de asistencia médica.

El 1 de marzo entrará  en vigencia el Decreto 344/020 del Poder Ejecutivo que dispone la libre elección de prestador de salud a los usuarios del Sistema Nacional de Salud con solo dos años de antigüedad en una misma institución.

De acuerdo al padrón confeccionado por el BPS al 31 de diciembre de 2020, los usuarios habilitados para cambiar de prestador en el transcurso de este año son 960.294 trabajadores, 481.112 jubilados y pensionistas, 468.014 niños y 192.936 cónyuges o concubinos.

La afiliación deberá realizarla en la nueva Institución de Asistencia Médica Colectiva que elija, con cédula de identidad uruguaya, y en el mes en que corresponda según el dígito verificador de la cédula de identidad uruguaya. Por ejemplo, si su dígito es 3, le corresponde en marzo; 4 en abril; 5 en mayo, etc. Ver calendario. Se recuerda que no es necesario concurrir a las oficinas del BPS ni al prestador anterior.

Los cambios hacia ASSE y hacia los seguros integrales de salud podrán efectuarse en cualquier momento.

El lunes 1ro. de marzo se pondrá a disposición de los usuarios dos canales de consulta, en este sitio web y por WhatsApp, para confirmar en el momento si están comprendidos en el padrón de habilitados a cambiar de prestador de salud y en qué mes les corresponde efectuarlo.

 

Condiciones para realizar el cambio

Movilidad regulada: para poder realizar el cambio, la persona beneficiaria deberá cumplir con dos años de antigüedad en el mismo prestador de salud y estar comprendido dentro del padrón de potenciales habilitados. Este listado se genera cada 31 de diciembre e incluye a aquellas personas cuya situación actual habilitaría el cambio hacia cualquier Institución de Asistencia Médica Colectiva (IAMC) en el año entrante.

La solicitud se realiza en el nuevo prestador de salud elegido y en el mes en que corresponda, según el dígito verificador de la cédula de identidad:

Mes    Dígito verificador
Marzo 3
Abril 4
Mayo 5
Junio 6
Julio 7
Agosto 8
Setiembre 9
Octubre 0
Noviembre 1
Diciembre 2

 

Cuando una persona habilitada para el cambio de prestador es generante de derecho para su cónyuge, concubino/a o hijos menores de edad o mayores con discapacidad a cargo, todos podrán cambiarse junto con el generante, en el mes que a este le corresponda y hacia la misma IAMC.

Cambio de domicilio: podrá solicitarse el cambio mutual desde ASSE a un prestador de salud privado o entre prestadores privados. La solicitud debe realizarse antes de transcurridos los 12 meses de concretada la radicación o cuando acredite dificultades supervinientes de acceso geográfico a los servicios del prestador de salud en el que se encuentra registrado. Al momento de tramitar el cambio se deberá realizar una declaración jurada donde conste que no recibió dinero u otra ventaja equivalente para registrarse en el nuevo prestador.

Problemas asistenciales: podrá solicitarse el cambio mutual desde ASSE a un prestador de salud privado o entre prestadores privados. El usuario podrá argumentar la ruptura del vínculo por pérdida de confianza en el prestador de salud cuando existan situaciones originadas en problemas asistenciales.

A tener en cuenta: los cambios hacia ASSE y hacia seguros integrales podrán efectuarse en cualquier momento.

Tramitación

En los casos de cambio mutual hacia ASSE, Seguro Integral o por Movilidad regulada el usuario deberá concurrir a registrar la afiliación en las dependencias del nuevo prestador de salud. 

Cambio de prestador de salud por dificultades de acceso geográfico

Cambio de prestador de salud por modificación de domicilio

Cambio de prestador de salud por problemas asistenciales 

 

Normativa asociada

icono pdf Decreto 3/011 Sistema Nacional Integrado de Salud (.pdf 11 KB)

icono pdf Decreto 344/020 Nuevas condiciones de movilidad regulada (.pdf 3 MB)

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