Durante 2020 la Comisión Especial Reparatoria para Personas Trans, continuó trabajando en una modalidad semi virtual y se lograron aprobar 74 nuevas solicitudes. Esta comisión analiza cada caso en profundidad para determinar a quienes les corresponde la prestación reparatoria. Se pueden postular las personas trans, mayores de 45 años, que presenten documentación y testigos para demostrar que fueron privadas de su libertad o víctimas de violencia institucional.
La comisión
Dicha comisión se constituye el 13 de junio de 2019 con el objetivo de analizar y resolver las peticiones recibidas al amparo de la Ley Integral Trans Nº 19.684. Está integrada por representantes del: Ministerio de Desarrollo Social; el Banco de Previsión Social; el Ministerio de Interior; el Ministerio de Economía y Finanzas; y la sociedad civil.
Algunos datos
Según el Informe anual de la comisión, durante el año 2020 se recibieron 51 solicitudes nuevas, se aprobaron 74, se archivaron 2, mientras que 36 se encuentran en proceso.
A pesar de la situación de emergencia sanitaria, la comisión continuó sesionando regularmente y se adaptó a las necesidades de las personas involucradas cumpliendo con los protocolos de trabajo establecidos por las autoridades.
Se realizaron 150 entrevistas en todos los departamentos del país bajo la modalidad semi virtual. Para garantizar el acceso a las entrevistas por videollamada, el ministerio implementó un sistema descentralizado, donde las personas podían acercarse a la oficina MIDES más cercana y tener la entrevista virtual con los integrantes de la comisión. De esa forma, se aseguró que las personas que no tuvieran acceso a internet o a dispositivos electrónicos tuvieran la posibilidad de continuar con el proceso.
ESTADO | 2019 | 2020 | TOTAL |
Solicitudes recibidas | 147 | 51 | 198 |
Aprobadas | 49 | 74 | 123 |
Archivadas | 2 | 2 | 4 |
En proceso | 35 | 36 | 71 |
Régimen Reparatorio
Pueden acceder al régimen reparatorio las personas trans nacidas con anterioridad al 31 de diciembre de 1975, y que demuestren que fueron privadas de su libertad o víctimas de violencia institucional debido a su identidad de género.
No podrán cobrar aquellas personas trans que reciban jubilación, retiro, pensión o subsidio transitorio por incapacidad parcial, así como ingresos superiores a 15 BPC, calculados en promedio anual.
Es una prestación reparatoria equivalente en pesos uruguayos a tres Bases de Prestaciones y Contribuciones (BPC) mensuales.