Actualizado. En sede del Juzgado Letrado de Primera Instancia de Primer Turno de Dolores a cargo de la Jueza subrogante Dra. Andrea Tapia, se llevó a cabo audiencia de formalización y condena, a través de la investigación que se seguía a cuatro hermanos tras allanamiento realizado en finca del barrio Chaco de Dolores, donde se incautaron más de 40 plantas de marihuana, un revolver y dinero, operativo que fue llevado a cabo por el Jefe de Zona Operacional II, personal de la Unidad de Investigaciones de Zona II y la Brigada Departamental Antidrogas que prosiguió con el caso, que estuvo dirigido por la Fiscalía Departamental de Dolores, a cargo de su titular la Dra. María Virginia Sigona, con el apoyo de sus Fiscales Adscriptas.
Tras la jornada de declaraciones y de reunir elementos, también pudo probarse el suministro de cocaína, pero de los cuatro hermanos, la responsabilidad finalidad fue asumida por uno de ellos, por lo que la Fiscalía ante lo declarado por los detenidos y las evidencias reunidas, determinó la formalización y condena por proceso abreviado de Lucas Ezequiel Espantoso Vespa como autor penalmente responsable de la comisión de un delito de tráfico de estupefacientes en su modalidad de suministro y tenencia no para consumo, a título de dolo directo a la pena de dos años y nueve meses de penitenciaría de cumplimiento efectivo.
Asimismo se procederá al comiso de los efectos incautados, se remitirán las sustancias al ITF para su destrucción, mientras que el dinero incautado que es de $ 25.800 se depositará en cuenta de la Junta Nacional de Drogas, finalmente se determinó el cese de detención de los otros tres hermanos.
INFORMACION POLICIAL: En el pasado mes de enero, personal de la Brigada Departamental Antidrogas de Soriano recibe información de que en Dolores jurisdicción de Seccional 5a. existiría plantación de cannabis; superando ampliamente la cantidad de unidades permitidas por la Ley que reglamenta dicho cultivo. Enterada Fiscal Dra. Sigona, autoriza investigación del caso.
Continuando actuaciones, con fecha 1/2/2021, personal de la citada repartición, en conjunto con Seccional 5ta y Área de Investigaciones, al mando del Jefe de Zona Operacional 2, munidos de orden de allanamiento, procedieron a inspeccionar finca sita en barrio Chaco.
En una habitación del inmueble se encontraban masculino de 19 años con su pareja, femenina adolescente de 17 años; resultando allí sin novedad.
En otra habitación es ubicado titular del inmueble, masculino identificado como L. E. E. V, (26 años), conjuntamente con su pareja femenina mayor de edad y la hija de ambos menor de 5 años; resultando la inspección ocular con el hallazgo e incautación de 1 frasco con semillas de Cannabis, 1 revolver Rossi calibre 32, 2 teléfonos celulares Samsung y $ 25.280 discriminados en billetes y monedas, y desde la billetera del masculino $ 8.500.
Continuando inspección, en otra habitación se encontraba masculino mayor de edad, resultando sin novedad.
En otro espacio se ubica a masculino mayor de edad; incautándosele 2 teléfonos celulares.
Desde patio de la finca se incautan 43 plantas de Cannabis, 22 aves de distintas especies (4 “rey del monte”, 1 “llama”, 1 “urraca azul”, 2 “cardenales copete colorado”, 4 “jilgueros”, 1 “reina mora”, 1 “rey del monte cordobés”, 1 “chiviro verde”, 1 “cardenal amarillo”, 2 “federales”, 2 “boyeros” y 2 “boyerines”); y 19 jaulas para aves confeccionadas en alambre y madera.
Personal actuante informa a Fiscal con la resultancia antes mencionada, disponiendo ésta la conducción de los masculinos hacia dependencia policial; que permanezcan en situación de detenidos; incautación de plantas, aves, celulares, arma y dinero. Con respecto a las aves se dispone trámite a DI.NA.M.A.
Los detenidos fueron conducidos a sede de Fiscalía y a posteriori a Juzgado Letrado donde se realizó control de legalidad, quedando todos en misma situación.
Culminada instancia en Juzgado Letrado de Dolores, Jueza suplente Andrea Tapia, condenó por proceso abreviado al masculino, L. E. E. V (26), como autor de “un delito de trafico de estupefacientes en su modalidad de suministro y tenencia no para su consumo, a titulo de dolor directo”, a la pena de 2 años y 9 meses de cumplimiento efectivo en régimen de privación de libertad, disponiendo el cese de detención de los restantes.