En la sede del Juzgado Letrado de Primera Instancia de Primer Turno de Mercedes, en la tardecita de este lunes, se llevó a cabo audiencia de formalización solicitada por la Fiscalía Departamental de Mercedes de 2º Turno, la que fue presidida por la Jueza de Feria Dra. Carolina Olivera, asistida por la receptora Natalia Turuani mientras que la Fiscalía estuvo representada por el equipo completo, liderado por su titular, Dra. Andrea Mastroianni y las Adscriptas Dras. Loreley Escobar y Vanesa Pereira, mientras que el imputado Washington Daniel Rey Melgarejo de 50 años estuvo asistido por la Dra. Ana Echeverría de la Defensoría Pública.
La Fiscalía solicitó la audiencia de formalización de la investigación por un delito de homicidio muy especialmente agravado por femicidio, por el que imputará a Rey Melgarejo la muerte de su pareja Raquel Beatriz Nogueira Barreto de 55 años, ocurrida el 19 de enero del presente año, y cuyo cuerpo fuera hallado el 20 de enero en aguas del río Negro, en lo que inicialmente podía pensarse fuera un acto de suicidio o un hecho accidental de haber caído a las aguas y no saber nadar.
Cabe señalar que Rey Melgarejo llegó a la audiencia trasladado por personal de la Unidad 24 del INR de Pense, donde se encuentra alojado cumpliendo 6 meses de condena por atentado y por acto de desprecio a otras personas por su condición de género.
A la hora de presentar los hechos, la Dra. Mastroianni indicó que de la investigación surgió que con fecha 19 de enero el imputado Washington Rey Melgarejo dio muerte a su pareja, Raquel Nogueira por motivos de desprecio, menosprecio por su condición de mujer.
Ellos dos y un testigo se encontraban sentados en un banco de la rambla costanera donde habitualmente acostumbraban a juntarse en plaza del Encuentro, tomando vino. Alrededor de las 22.00 horas el imputado y la víctima comenzaron a discutir y la víctima se dirigió hacia la costa del río zona donde dejaban un carrito de moto con las pertenencias, siendo seguida por el imputado.
Estando allí en la costa continuaron discutiendo y en determinado momento Rey Melgarejo le propinó un golpe con la mano en el rostro (tipo empujón), la que cayó al agua, en una zona donde hay un barranco profundo y sumado a ello la víctima no sabía nadar, algo que era sabido por todos los que la conocían incluyendo al propio Rey Melgarejo, por lo que la víctima desapareció en las aguas del río Negro.
El imputado luego de unos minutos regresó hasta donde había quedado el otro masculino que estaba con ellos diciéndole que se le había ido la mano y que había matado a Raquel, y el testigo dijo a Fiscalía que él desde su ubicación vio cuando Rey Melgarejo le pegó a la víctima y ésta cayó al agua. Por ello el testigo le dijo que debían hacer la denuncia y Rey Melgarejo le expresó que había que esperar para ver qué pasaba y que nadie iba a saber de lo sucedido. Inclusive el imputado llegó a decirle al testigo que debía expresarle a la Policía que Nogueira se había ido para la costa donde tenían el carrito y no la habían visto más, sin saber para donde se fue.
Minutos después llegó al lugar un hijo del imputado que acostumbraba a saludarnos y al preguntar por Raquel, su padre le dijo que se había ido para el lado del río hacia donde estaba el carrito y que desde entonces no la veía. Por lo que decidieron ir hasta la costa a buscarla, alumbrando con la lintera de un celular y en determinado momento cuando Rey Melgarejo no se dio cuenta, el testigo le contó al hijo del imputado lo que verdaderamente hacia sucedido.
Sin embargo el hijo acompañó a su padre hasta un almacén de la zona a preguntar si habían visto a Nogueira y quienes estaban allí presentes le expresaron que no.
Como ya había adelantado en notas anteriores @gesor, Rey Melgarejo concurrió al día siguiente, o sea en horas de la mañana del 20 de enero a la Seccional 2a. dando aviso que la víctima estaba desaparecida desde la noche anterior queriendo dejar allí el monedero y los documentos de la víctima a agente policial, el que consultó en el Hospital local si había algún ingreso de femenina, porque según el imputado ella tomaba mucho alcohol y aparecía tirada en la calle.
El mismo 20 de enero tres personas abocadas al trabajo en embarcación que estaba dragando el río Negro, constataron alrededor de las 13.15 horas, frente a la isla Dos Hermanas, había un cuerpo enganchado en un tronco, llamando a Prefectura, constatándose que era la víctima, Raquel Nogueira.
La autopsia realizada el 21 de enero por la Dra. Sofía Graña, perito forense, estableció que la causa de la muerte fue asfixia por sumersión, ahogamiento.
El imputado y la víctima mantenían relación amorosa desde hacía varios meses, habiendo convivido ambos en la casa de la víctima en la calle Taruselli, donde testigos presenciaron en ma´s de una ocasión el maltrato que ejercía Rey Melgarejo a Nogueira, y a su vez familiar de Nogueira indicó que Rey Melgarejo la obligó a Nogueira a vender el terreno, radicándose denuncia en esa oportunidad. La víctima y el imputado junto a otra femenina se fueron unos días a vivir a una edificación precaria que hay en el basurero de Palmitas, ambas sufrían maltrato por parte de Rey Melgarejo y que como la víctima no sabía leer ni escribir, había comenzado a tramitarle una pensión en el BPS..
Luego de vivir unos meses de la casa de Rey Melgarejo, las dos mujeres se fueron a vivir en una carpa junto al río Negro y posteriormente alquilaron un carrito de comidas de color plateado ubicado frente a la plaza del Encuentro acostumbrando a dejar sus pertenencias allí, en el momento de los hechos el imputado y la víctima vivían en el carrito.
Surge de las declaraciones de los numerosos testigos que Rey Melgarejo destrataba reiteradamente a la víctima, la degradaba como persona y mujer, la obligaba a mantener relaciones sexuales con hombres a cambio de dinero para poder comprar vino, a pesar de la negativa de la víctima, quien terminaba cediendo para que él no la dejara. La insultaba y maltrataba frente a las personas, la golpeaba y mandaba a pedir comida a sus vecinos.
A pocos días de ocurrido los hechos Rey Melgarejo se fue a vivir a edificación precaria en el basurero de Palmitas, siendo recluido en la Unidad 24 del INR en Pense, con fecha 30 de julio tras ser condenado por un delito de atentado en reiteración real con un delito de actos de odio, desprecio o violencia contra determinadas personas, a la pena de 6 meses de prisión que se encuentra cumpliendo.
La Fiscalía enumeró una a una las evidencias con que cuenta para respaldar esta relación de hechos y dijo que estaba a las órdenes de la Sede o de la Defensa para ampliarlas en caso de ser necesario, solicitando la formalización de Rey Melgarejo por un delito de homicidio muy especialmente agravado por femicidio.
La Defensa no se opuso a ello en virtud de las evidencias enumeradas por la Fiscalía.
Seguidamente la Dra. Olivera procedió a realizar la formalización correspondiente.
A continuación la Fiscalía a través de la Dra. Mastroianni, volvió a exponer, pero esta vez para argumentar la solicitud de medida cautelar de prisión preventiva, detallando los motivos por los cuales consideraba que el imputado podía entorpecer la investigación y a su vez que corría riesgo de fuga, solicitando 150 días de prisión preventiva mientras prepara el juicio.
La Defensa no se opuso a la solicitud de la Fiscalía.
La Dra. Olivera estimó debidamente fundamentado el pedido de la Fiscalía y por lo tanto accedió a la medida cautelar de 150 días de prisión preventiva, que comenzará a cumplirse una vez que culmine la condena actual que en enero.
Después de todo esto, Rey Melgarejo en el hall del Juzgado dirigiéndose a @gesor dijo que estaba todo armado, que no tenían nada, que era una pobre mujer y que él no iba a hacerle eso, cuando le hablamos del maltrato previo, hizo silencio...