La Junta Departamental de Soriano aprobó una ordenanza que prohíbe “la exposición y venta de cualquier tipo de pirotecnia sonora”. Además establece multas para los infractores, pero entrará en vigencia recién dentro de 30 días. Es decir pasada las tradicionales fiestas de Navidad y Fin de Año.
Luego de algunas discusiones, intercambio de acusaciones entre los ediles, producto de la iniciativa presentada por los ediles Gissele Bonjour y Diego Guevara, en el inicio de la sesión de la Junta Departamental la edila Maika Acuña (PN) presentó un proyecto de ordenanza para prohibir la venta de pirotecnia sonora. Nuevas polémicas, más intercambio de acusaciones hasta que cuarto intermedio mediante, se puso a consideración un documento que contó con la aprobación de los coordinadores de las tres bancadas.
Al someterlo a votación, todos los ediles lo respaldaron, por lo que en Soriano se prohibirá la exposición y venta de pirotecnia sonora, pero en los hechos recién podrá aplicarse en la Navidad del 2021.
La iniciativa votada por los ediles expresa:
Ordenanza de Pirotecnia Departamental
En definitiva, la Junta Departamental de Soriano aprobó esta Ordenanza que establece en su articulado lo siguiente:
Art. 1º.- Se prohíbe en todo el territorio del departamento de Soriano, la exposición y venta de cualquier tipo de pirotecnia sonora, sea para uso domiciliario o de espectáculos, sean públicos o privados.
Art. 2º.- Queda expresamente exceptuada de esta norma, aquella pirotecnia que sea exclusivamente lumínica (fuegos artificiales), cuyo uso y manejo cumpla con las exigencias estipuladas por el Servicio de Material y Armamento del Ejército y Dirección Nacional de Bomberos.
Art. 3º.- Ante la constatación de incumplimiento de la norma, la Intendencia de Soriano dispondrá la aplicación de multas desde 2UR hasta 200UR, según la gravedad de la infracción.
Art. 4º.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los 30 días de su promulgación.
Art. 5º.- Se deberá promover por parte del Gobierno Departamental, campañas de concientización y difusión sobre los perjuicios de la pirotecnia.
Art. 6º.- La Intendencia de Soriano reglamentará esta Ordenanza.
Art. 7º.- Dese trámite urgente.
Esto es lo más ridículo en insensato que se haya resuelto jamás por Junta Departamental alguna. Los problemas con la pirotecnia se producen en las fiestas tradicionales. Que la resolución de la JD entre en vigencia dentro de 30 días, es fruto de mentes vacías.