30 de October del 2020 a las 22:38 -
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Intendente y Director de Salud firmaron resolución dejando sin efecto las capacidades locativas máximas autorizadas oportunamente
Exhortase nuevamente a toda la población, bajo su responsabilidad, a suspender aquellos eventos que impliquen la aglomeración de personas dado que constituye un factor de riesgo para el contagio del Coronavirus.

Este viernes el Intendente de Soriano, Agustín Bascou, recibió en su despacho al Dr. Rafael Saráchaga, Director Dptal. de Salud, con quien dialogó sobre la situación actual relacionada a la pandemia de COVID-19.
Asimismo se analizaron las medidas adoptadas y las recomendaciones a difundir en vistas de la evolución
de la situación sanitaria del departamento de Soriano.
Considerando la necesidad de adoptar medidas tendientes a mantener y extremar las medidas sanitarias para viabilizar la realización de actividades dentro de la realidad actual, el Director Departamental de Salud de Soriano y el Intendente de Soriano, resolvieron:
Dejar sin efecto y hasta nueva resolución, las capacidades locativas máximas autorizadas oportunamente al amparo de la normativa aplicable por el Dpto. de Arquitectura de la Intendencia, respecto de los locales habilitados para el desarrollo de diferentes actividades comerciales en el departamento.
Las autorizaciones de capacidades locativas realizadas por la Dirección Nacional de Bomberos relativas a las medidas de prevención de incendios sin tener en cuenta la situación sanitaria de Pandemia originada por el Virus COVID 19, no se tendrán en cuenta en esta situación excepcional.
La capacidad locativa máxima autorizada en los locales comerciales de cualquier actividad será la que en todo caso determinen los protocolos nacionales correspondientes a la actividad o giro, salvo en aquellos casos que el local y/o empresa cuente con un protocolo específico que hubiere cumplido con los trámites previstos para su aprobación, con informe de Ministerio de Salud Pública, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Grupo Asesor Científico honorario (GACH) y sometidos a consideración del Poder Ejecutivo.
Se reitera que deberán de extremarse las medidas sanitarias que se tengan dispuestas bajo el protocolo de cada actividad a desarrollarse, así como que se encuentran en plena vigencia las recomendaciones sanitarias generales recomendadas por el Ministerio de Salud Pública.
Exhortase nuevamente a toda la población, bajo su responsabilidad, a suspender aquellos eventos que impliquen la aglomeración de personas dado que constituye un factor de riesgo para el contagio de la enfermedad. En especial en posibles actividades relacionadas a la festividad de Halloween que tiene lugar este 31 de octubre.

 

Dicha resolución establece textualmente:

Mercedes 30 de Octubre de 2020.

 

VISTO: La evolución de la situación sanitaria del Departamento de Soriano como consecuencia de la Pandemia originada por el Virus COVID 19.

CONSIDERANDO: La necesidad de adoptar medidas tendientes a mantener y extremar las medidas sanitarias para viabilizar la realización de actividades dentro de la realidad actual.

ATENTO: A lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por el art. 44 de la Constitución de la Republica, Ley Nº 9.202, Ley Nº 9.515, Decreto de Poder Ejecutivo 93/020 y demás normas concordantes aplicables en la materia.

El Director Departamental de Salud de Soriano y el Intendente de Soriano RESUELVEN:

  • Dejar sin efecto y hasta nueva resolución, las capacidades locativas máximas autorizadas oportunamente al amparo de la normativa aplicable por el Departamento de Arquitectura de la Intendencia, respecto de los locales habilitados para el desarrollo de diferentes actividades comerciales en el departamento.
  • Las autorizaciones de capacidades locativas realizadas por la Dirección Nacional de Bomberos relativas a las medidas de prevención de incendios sin tener en cuenta la situación sanitaria de Pandemia originada por el Virus COVID 19, no se tendrán en cuenta en esta situación excepcional.
  • La capacidad locativa máxima autorizada en los locales comerciales de cualquier actividad será la que en todo caso determinen los protocolos nacionales correspondientes a la actividad o giro, salvo en aquellos casos que el local y/o empresa cuente con un protocolo específico que hubiere cumplido con los trámites previstos para su aprobación, con informe de Ministerio de Salud Pública, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Grupo Asesor Científico honorario (GACH) y sometidos a consideración del Poder Ejecutivo.
  • Se reitera que deberán de extremarse las medidas sanitarias que se tengan  dispuestas bajo el protocolo de cada actividad a desarrollarse, así como que se encuentran en plena vigencia las recomendaciones sanitarias generales recomendadas por el Ministerio de Salud Pública.
  • Exhortase nuevamente a toda la población, bajo su responsabilidad, a suspender aquellos eventos que impliquen la aglomeración de personas dado que constituye un factor de riesgo para el contagio de la enfermedad.
  • Publíquese, tome conocimiento Centro Coordinador de Emergencia a efectos de notificación del Comité de Emergencias Departamental, cumplido notifíquese a  Dependencias Municipales y Municipios.

 

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