Se expidió la Justicia en relación a desacato a decreto presidencial, referente a emergencia sanitaria.
Con fecha 5 de abril y acorde a los dispuesto por el Juez de Paz de 9a Sección Dr. Silvestri, se notificó al propietario de comercio que gira en el ramo de bar de la localidad de Palmitas, por tercera vez, de las medidas que debía observar, haciendo el mismo haciendo caso omiso a las notificaciones recibidas.
Este lunes, cumplida la instancia en Juzgado Letrado de Mercedes de 1° Turno, Jueza Letrado Dra. Ximena Menchaca dispuso la formalización y suspensión condicional del proceso respecto al masculino Oscar Omar Otárola Izaguirre (42) por la comisión de “un delito de desacato especialmente agravado”, se suspende este proceso a cambio de las obligaciones acordadas previamente por el plazo de seis meses.
El bar, como mencionamos anteriormente funciona en el Municipio de Palmitas, se trata del conocido bar Pancho y había sido advertido por la Policía en tres ocasiones por las aglomeraciones de público, e hizo caso omiso a ello, por lo que se procedió a informar a las autoridades de Fiscalía de 2º Turno, a cargo de la Dra. Andrea Mastroianni (foto), quien entendió que se configuraba el delito de desacato y solicitó la formalizó de esta persona.
De todas maneras le otorgó el beneficio de la suspensión condicional del proceso, debiendo cumplir durante el lapso de seis meses con la presentación ante la seccional policial de su domicilio, fijar domicilio y no modificarlo sin previo aviso a la sede y no permitir aglomeraciones en el bar.
Este es el segundo caso en Soriano, el anterior había ocurrido en abril en pueblo Castillo, jurisdicción de Seccional 8a, donde un masculino de iniciales D.M.S.A. de 43 años, fue formalizado con suspensión condicional del proceso por un delito de desacato especialmente agravado en calidad de autor, con medidas cautelares a cumplir, habiendo sido notificado también tres veces, haciendo caso omiso a ello. Se trata de una cancha de paleta donde también funciona una cantina. Las medidas que debe cumplir son por seis meses.