La Suprema Corte de Justicia dictó la Acordada nº 8079 de fecha 16 de julio de 2020, por la que se dispone la supresión de los Juzgados Letrados de Primera Instancia en lo Penal de 24º y 25º Turnos y creación simultánea de los Juzgados Letrados de Primera Instancia de Ejecución y Vigilancia de 6º y 7º Turnos. Estas disposiciones regirán a partir del próximo 1º de agosto.
Las modificaciones propuestas, responden a que la Corporación considera “que es necesario seguir reduciendo en Montevideo la cantidad de juzgados con competencia en materia penal que tramitan causas que se sustancian al amparo de las disposiciones del Código del Proceso Penal 1980 (Decreto – Ley nº 15.032". Con la finalidad de racionalizar y optimizar la utilización de los recursos humanos y materiales existentes; “Que, de acuerdo a datos estadísticos e información recabada, en la actualidad se ha constatado una disminución de causas en trámite en las sedes penales de 24º y 25º Turnos en comparación a sus similares de 22º, 23º, 26º y 27º Turnos”. “Que a su vez es imprescindible la creación de más Sedes con competencia en Ejecución y Vigilancia, para poder afrontar la demanda creciente en este sentido”.
En paralelo, los Juzgados Letrados de Primera Instancia de Ejecución y Vigilancia de 6º y 7º Turnos, funcionarán en régimen de oficina única y tendrán competencia exclusiva, por el término de tres meses, en todos los asuntos que pasen a Ejecución provenientes de Sedes Penales de Montevideo, que tramiten por CPP 1980 y nuevo CPP, así como los enviados por sedes del interior en cumplimiento de lo establecido en el artículo 289, numeral 3 de la ley 19.293.
Los expedientes que se estén tramitando en las sedes a suprimirse y los que se encuentren archivados, serán redistribuidos de forma aleatoria hacia los Juzgados Letrados de Primera Instancia en lo Penal de 22º, 23º, 26º y 27º Turnos.
En virtud de la redistribución de los expedientes en trámite, la Suprema Corte de Justicia determinó la suspensión de los plazos procesales en los expedientes que tramitaban en las mencionadas sedes, del 20 al 24 de julio para hacer efectiva su redistribución y del 27 al 31 de julio para su tramitación y conocimiento de los respectivos destinos y Juzgados Penales asignados.