La Fiscalía General de la Nación adoptó medidas para el retorno paulatino a la normalidad de las actividades, inclusive habiéndose modificado la decisión anterior.
En ese sentido se resolvió prorrogar para el miércoles 6 de mayo el reintegro presencial y efectivo de los funcionarios de la Fiscalías Departamentales, que había sido dispuesto previamente para el 29 de abril.
Asimismo, habilitar, en forma excepcional, la realización de turnos de 6 horas de labor en el horario comprendido entre las 8.00 y las 20.00 horas, por parte de aquellos funcionarios no fiscales que cumplan sus tareas en locaciones que por sus características impidan garantizar la distancia personal mínima de un metro y medio, lo que deberá ser planificado por los Directores y/o Jefes administrativos de las oficinas e informado en 24 horas al departamento de Gestión Humana.
Dispuso que los jefes fiscales deben organizar los horarios de su equipo fiscal de manera de garantizar la distancia personal mínima de un metro y medio; actuando en turno deberán organizar los horarios a fin de asegurar la efectiva prestación del servicio y actuando fuera del turno deberán organizar el equipo de trabajo de maner que semanalmente uno de sus integrantes realice en modo teletrabajo, garantizando que el servicio no se vea resentido.
Cometió a la Secretaría General la compra de mascarillas de protección facial, tapabocas reutilizables y descartables, alcohol al 70% con difusor y jabón líquido, a efectos de proveer a las distintas dependencias de la institución.
Establecer la obligatoriedad del uso de tapabocas por parte de todos los funcionarios de la institución durante el ejercicio de sus tareas, así como de tapabocas y mascarilla de protección facial para aquellos que atiendan público, siendo cada uno de los funcionarios responsables de su buen uso y conservación.
ATENCION AL PUBLICO SE MANTIENE SUSPENDIDA
A fin de evitar la aglomeración de personas, si bien se mantiene la suspensión de atención al público en general, las oficinas deberán garantizar la atención telefónica a cualquier interesado, a través de los teléfonos fijos de la Sede y en el horario comprendido entre las 10.00 a las 18.00 horas.
Se recibirá documentación y expedientes provenientes del Poder Judicial u otros organismos estatales en
el horario de 10.00 a 18.00 horas.
No se recepcionarán denuncias en las sedes fiscales hasta nueva resolución.
Las Sedes deberán asegurar el acceso a la carpeta investigativa en virtud de lo dispuesto por el CPP,
extendiéndose por la presente Resolución el horario a tales efectos: de 10.00 a 18.00 horas. Para dichas situaciones debe utilizarse el mecanismo de agenda previa a efectos de evitar la concentración de personas en las Sedes.
Las personas citadas, agendadas o conducidas deberán ser atendidas en los mostradores y boxes destinados a tales efectos, quedando terminantemente prohibido su acceso a las restantes dependencias de los locales.