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24 de April del 2020 a las 14:58 -
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Cinco años de prisión para el estafador Otero Granja que sigue sumando desde la cárcel, era la cabeza de una asociación para delinquir y estafar junto a su pareja y otras mujeres
La Justicia de Mercedes acogió tarea de Fiscalía de 2º Turno condenando a siete mujeres, y formalizando con medidas cautelares a otras dos

Tras dos audiencias, una que se inició a las 21.44 y concluyó a las 23.06 horas y la otra comenzó a las 00.07 y finalizó a las 00.47, la Dra. Carolina Olivera (foto 1), Jueza subrogante de Primer Turno del Juzgado de Mercedes, dictó sentencia condenando a un hombre y siete mujeres, mientras que también formalizó a otras dos mujeres con medidas cautelares, luego del trabajo desarrollado por la Fiscalía de 2º Turno a cargo de la Dra. Andrea Mastroianni, junto a la Fiscal Adscripta Dra. Loreley Escobar, en una audiencia en la que también participaron los abogados defensores Dras. Eliana Miegge (foto 2) (en Defensa de Germán Otero y su pareja Anyela Rodríguez) y Eloísa Iduate (en defensa de las restantes siete mujeres), y los Dres. Diego Ospitaleche (foto 3) y Pablo Viera (foto 4) ambos llegados desde Rivera para la Defensa de Yéssica Gómez.

FALLOS:
La Dra. Carolina Olivera coincidiendo con los solicitado por la Fiscalía de 2º Turno, condenó a GERMÁN EDUARDO OTERO GRANJA como autor penalmente responsable de un delito de asociación para delinquir especialmente agravado y reiterados delitos de estafa algunos de ellos en grado de tentativa, todos en régimen de reiteración real, a la pena de 5 años de penitenciaría de cumplimiento efectivo; MIRTA ROSANA MORA MARTÍNEZ como coautora penalmente responsable de reiterados delitos de estafa, uno de ellos en grado de tentativa, todos en régimen de reiteración real a la pena de 8 meses de prisión, la que se cumplirá en régimen de libertad vigilada debiendo fijar domicilio en lugar determinado, sujeción a la orientación y vigilancia de la OSLA, presentación una vez por semana a la seccional policial de su domicilio; MARÍA VICTORIA LEITES DE SOUZA LEAL como coautora penalmente responsable de reiterados delitos de estafa, algunos de ellos en grado de tentativa y todos en régimen de reiteración real a la pena de 14 meses de prisión, la que cumplirá en régimen de libertad vigilada, debiendo fijar domicilio en lugar determinado, sujeción a la orientación y vigilancia de la OSLA, 3 meses de arresto domiciliario con excepción del horario de lunes a viernes de 13.00 a 20.00 y sábados desde 7.30 a 19.00 horas, a partir del cuarto mes presentación una vez por semana a la seccional policial de su domicilio; TAMARA BELÉN ASBORNO ROMAY por un comisión un delito de asociación para delinquir y reiterados delitos de estafa algunos de ellos en grado de tentativa, todos en régimen de reiteración real, en calidad de autora y coautora respectivamente a la pena de 3 años de penitenciaría, a cumplirla 4 meses de privación de libertad en establecimiento carcelario, 2 años y 8 meses en régimen de libertad vigilada debiendo fijar domicilio en lugar determinado, sujeción a orientación y vigilancia de la OSLA, 5 meses de arresto domiciliario, una vez cumplido el arresto domiciliario presentación una vez por semana en la seccional policial del domicilio; SOFÍA BELÉN FERRANDO GUAYS como autora penalmente responsable de reiterados delitos de estafa algunos de ellos en grado de tentiva y todos en régimen de reiteración real a la pena de 14 meses de prisión, a cumplirla en régimen de libertad vigilada debiendo fijar domicilio en lugar determinado, sujeción a la orientación y vigilancia de la OSLA, dos meses de arresto domiciliario, a partir del tercer mes la presentación una vez por semana en la seccional policial de su domicilio; TANIA BIESTRO MACHADO como coautora penalmente responsable de un delito de estafa a la pena de 6 meses de prisión la que cumplirá en régimen de libertad vigilada debiendo fijar domicilio en determinado lugar, sujeción a la orientación y vigilancia de la OSLA, presentación una vez por semana en la seccional policial de su domicilio; FABIANA ROJAS PRONZOLINO como coautora penalmente responsable de dos delitos de estafa, uno de ellos en grado de tentativa y ambos en régimen de reiteración real, a la pena de 8 meses de prisión la que cumplirá en régimen de libertad vigilada, debiendo fijar domicilio en lugar determinado, sujeción a la orientación y vigilancia de la OSLA, presentación una vez por semana a la seccional policial de su domicilio.
A su vez se informará a la Dirección Nacional de Migraciones a los efectos de proceder al cierre de fronteras solicitado por la Fiscalía, para el cumplimiento de las libertades vigiladas.
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A su vez la Dra. Carolina Olivera también de acuerdo con la Fiscalía de 2º Turno de Mercedes, procedió a formalizar a YESSICA DAIANA GOMEZ BARBOZA por reiterados delitos de estafa, algunos de ellos en grado de tentativa y todos en régimen de reiteración real y a VIRGINIA VERONICA ROMAY PALAVECINO por un delito de asociación para delinquir y reiterados delitos de estafa, algunos de ellos en grado de tentativa, todos en régimen de reiteración real, en calidad de coautora. Para ambas solicitó medidas cautelares de fijar domicilio en lugar determinado, prohibición de salir del país sin autorización, cierre de fronteras, retiro de documentos que permitan viajar fuera del país y arresto domiciliario total, para Gómez Barboza por el plazo de 180 días y para Romay Palavecino de 120 días.
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Finalmente y en una audiencia aparte, ya que hubo denuncias y actuaciones de las dos Fiscalías de Mercedes, de 1er. y 2º Turno, la Dra. Carolina Olivera, acogió la solicitud de ambas condenando por proceso abreviado a ANGELA MABEL RODRIGUEZ MARTINEZ por un delito de asociación para delinquir y reiterados delitos de estafa, algunos de ellos en grado de tentativa, todos en régimen de reiteración real, en calidad de autora y coautora, a la pena de 3 años de penitenciaría, a cumplirlos 1 año de prisión efectiva (que su Defensa solicitó sea en la Unidad 5 para Mujeres en Montevideo junto a su hija de 2 años), los 2 años restantes en régimen de libertad vigilada debiendo fijar domicilio en lugar determinado, sujeción y vigilancia de la OSLA, presentación una vez por semana ante la seccional policial de su domicilio, cierre de fronteras mientras dure la libertad vigilada.

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