La economía uruguaya se ha visto fuertemente golpeada por la llegada del Coronavirus (COVID-19) a nuestro país.
Muchas empresas están enviando a sus empleados al seguro de paro y/o enfrentan problemas de liquidez producto de la interrupción de la cadena de pagos. Entre otras cosas, la situación se manifiesta en problemas para cubrir los cheques previamente librados y también en la incertidumbre de cuánto tiempo puede seguirse con una operativa normal en tiempos en que todo es extraordinario.
Sin bien la declaración de concurso es una herramienta jurídica, entendemos que no es la única y que en una primera instancia las empresas tienen que tomar medidas para reestructurar sus deudas en términos adecuados. Con lo cual entendemos que se podría lograr un ACUERDO PRIVADO DE REORGANIZACION (APR) previsto por la propia ley de concursos.
Este tipo de acuerdo le dará un “respiro económico” a las empresas permitiéndoles, entre otras posibles alternativas, obtener un plazo prudencial para hacer frente a las deudas así como también poder vender activos de la misma que les permitiría poder hacer frente a los pasivos. El APR puede tener un contenido muy amplio incluyendo la obtención de quitas y/o esperas, refinanciaciones, la cesión de bienes a los acreedores, o cualquier otro contenido, siempre que éste sea lícito.
Tiene efectos obligatorios para todos los acreedores, adhieran o no al acuerdo, y suspende los trámites de las ejecuciones y solicitudes de concurso.
Es una herramienta flexible que evita la rigidez de un proceso concursal y sus costos.
En Del Río podemos asesorarlos en la evaluación de si es una herramienta adecuada a su situación y en su implementación.
El teléfono de contacto para poder agendarse y coordinar una reunión de asesoramiento es el 4531 - 8865 de Mercedes.