Una resolución suscripta este lunes 6 por el director Nacional de Aduanas, Jaime Borgiani, establece que se aplicará el régimen de cero kilo en las zonas fronterizas con carácter excepcional, revocable y sujeto a modificaciones. La medida no prevé incautación de mercadería a la población residente que cumpla determinados requisitos.
La medida fue tomada a partir de la declaración de emergencia sanitaria y la suspensión de las actividades turísticas al exterior del país, que no rigen las disposiciones especiales de beneficios a los turistas como los de ingreso de equipaje y de efectos y vehículos de turistas.
Esta decisión se mantendrá hasta que culmine la suspensión de los viajes turísticos, se aplicará cero kilo en las zonas fronterizas. La dirección, dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas, informó que no procederá a la incautación de mercadería cuando no se superen los cinco kilogramos por persona y por semana y se trate de un surtido variado destinado a la subsistencia de la unidad familiar.
Tampoco habrá incautación cuando no se incluyan mercaderías sujetas a restricciones o prohibiciones según la normativa vigente. Las personas residentes en la misma zona fronteriza estarán exceptuadas de la medida al acreditar su domicilio mediante recibo de pago de servicios a su nombre.
“La resolución general es de carácter excepcional, revocable y sujeta a modificaciones cuando las circunstancias que la motivan así lo ameriten”, aclaró la institución.