La Institución Nacional de Derechos Humanos y Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (INDDHH) observó las expresiones que se vertieron en el programa “Verano Chaná” de Difusora Soriano “en cuanto atentan contra el respecto de los derechos de todas las personas al proponer soluciones violentas y no democráticas para un problema social”. Al tiempo que considera “que, en esta situación, no existió por parte de Difusora Soriano AM 1210 un apartamiento de las obligaciones dispuestas en el art. 28 de la Ley Nº 19.307 en cuanto a su obligación de respetar el derecho de las personas frente a los medios de servicios de comunicación audiovisual”.
El tema tiene que ver con una denuncia presentada ante la Institución Nacional de Derechos Humanos y Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo por las manifestaciones vertidas el viernes 31 de enero 2020 cuando uno de los panelistas de ese programa radial afirmó que para que el país recuperara la seguridad pública y la tranquilidad se necesita de “mano dura pesada. Y sino se terminaba entre los yuyos dijo Manucho”. Agregando que la solución pasaba por utilizar “una retro para enterrar todo el bichicomaje”.
En un documento de 7 carillas, que incluimos completo al final de esta nota la Institución Nacional de Derechos Humanos y Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo analiza la situación luego de haber recibido de parte de Difusora Soriano de la grabación de audio del programa en cuestión. Resolviendo: “1-Considerar que, en esta situación, no existió por parte de Difusora Soriano AM 1210 un apartamiento de las obligaciones dispuestas en el art. 28 de la Ley Nº 19.307 en cuanto a su obligación de respetar el derecho de las personas frente a los medios de servicio de comunicación audiovisual.
2-Señalar que las declaraciones vertidas por el panelista Sr. Felipe Gutiérrez en el Programa “Verano Chaná”, emitido por Difusora Soriano AM 1210 el día 31 de enero de 2020 no aportan a la tolerancia, el civismo, el respeto de los derechos humanos y la convivencia democrática en nuestro país.
3-Recomendar a Difusora Sorian AM 1210 adoptar lo estipulado en los arts.146 al 148 de la Ley 19.307 y elabore un Código de Ética que reafirme el compromiso con estos valores y designe a su vez un defensor de la audiencia”.
A continuación puede accederse al documento completo.