La Intendencia de Soriano emitió una nueva orden del servicio que tiene como particulares principales la de la atención al público que deja de ser presencial, y se continuará trabajando y atendiendo a través de las vías que tienen habilitada la comuna, especialmente por la vía electrónica como también en forma telefónica.
ORDEN DE SERVICIO
Para: Municipios, Juntas Locales, Departamentos y reparticiones de la Intendencia todos.
En mérito a la evolución que ha tenido en nuestro país la pandemia del COVID19 en función de lo informado por Presidencia de la República en el día de ayer, SE COMUNICA que a partir del 18 de marzo de 2020 se suspende la atención al público de manera presencial en todas las reparticiones de la Intendencia y Municipios. La atención será telefónicamente y a través de los servicios electrónicos existentes. En caso de extrema necesidad, los Alcaldes, Secretarios de Juntas y Directores podrán disponer una excepción mediante resolución fundada.
Las plazoletas de juegos y los espacios públicos en general que pudieran limitarse su uso, se cercarán de manera tal que impida el acceso con fines recreativos.
Asimismo se aclara expresamente que en todas las reparticiones en dónde haya una concentración de funcionarios en espacios cerrados que no permitan estar a una distancia recomendada por las autoridades sanitarias, independientemente del lugar y de la situación funcional de los mismos, los Alcaldes, Secretarios de Juntas y Directores quedan autorizados a disponer el medio horario de los funcionarios a los efectos de fraccionar su presencia y de esa manera evitar la concentración de los mismos, comunicándose a División Personal. Se reitera que los funcionarios quedarán siempre a la orden de la Administración por el resto del horario no cumplido, pudiendo ser convocados por necesidades de servicio en cualquier momento. Esta autorización no rige para los capataces, jefes de repartición y encargados únicos de sección, quienes deberán cumplir todo el horario a los efectos de que las reparticiones no queden sin su jerarca.
Sigue vigente la Orden de Servicio de fecha 16 de marzo de 2020, a excepción de lo dispuesto en la presente.