16 de March del 2020 a las 20:20 -
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Intendencia de Soriano emitió orden de servicio a partir de lo acordado en comisión bipartita
La orden de servicio está destinada a todas las dependencias y unidades de la comuna sorianense

Intendencia de Soriano emitió orden de servicio a partir de lo acordado en comisión bipartita.

ORDEN DE SERVICIO
Municipios, Juntas Locales, Directores de Departamento, Secretarios de Area, Jefes, Capataces, Encargados y funcionarios en general.
En mérito a la situación que se presenta frente a la Declaración de Emergencia Sanitaria decretada por el Poder Ejecutivo y en atención a las medidas sanitarias dispuestas por las autoridades competentes, la Intendencia de Soriano dispone:
- El horario de atención al público será el habitual.
- Los funcionarios que prestan servicios en Oficinas Centrales de Intendencia de Soriano y en oficinas de los Municipios de Dolores y Cardona, trabajarán medio horario: de 12.30 a 15.15 y de 15.45 a 18.30, quedando a resolución de cada Director o Encargado de Area la distribución de los mismos. Dichos funcionarios quedan a la orden de la Administración por el resto del horario que debieran cumplir, pudiendo ser convocados por necesidades de servicio.
- El resto de los funcionarios cumpliràn su horario habitual.
- Las entradas y salidas de su lugar de trabajo, se registrarán en planillas dispuestas para ello en cada lugar, debiendo remitirlas semanalmente a Oficina de Personal de cada lugar. No se utilizarán los relojes.
- Se deben asegurar las medidas de higiene recomendadas por el Ministerio de Salud Pública a tales efectos.
- En las dependencias del gobierno departamental, se deberá entre otras medidas que se puedan disponer.
1) Mantener la correcta higiene del lugar de trabajo, muebles y útiles, incluyendo teléfonos celulares.
2) Evitar todo tipo de contacto físico.
3) Mantener ventilados los lugares de trabajo.
4) Lavarse las manos frecuentemente con agua y jabón o con alcohol.
5) Abstenerse de compartir mate, alimentos, bebidas, así como objetos personales.
6) Disponer en las puertas de ingreso, un responsable - portero para el debido control de los accesos.
7) Se podrán disponer las medidas pertinentes para evitar la aglomeración de personas ante casos no comprendidos en la presente.
- Declarar en sesión permanente la Comisión Bipartita de Seguridad Laboral.

(2501)


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