El Dr. Pablo Rochón es el Juez subrogante de Primer Turno del Juzgado de Dolores que tuvo a su cargo la audiencia de formalización y solicitud de medidas cautelares por parte de la Fiscalía en la investigación que le sigue al chacrero D.J.D.D. de 71 años, producto de la muerte del adolescente J.I.B. de 15 años que falleciera por electrocución al tocar alambres electrificados en la portera de acceso al predio de aquel.
El magistrado comenzó refiriéndose a la decisión adoptada.
"Acabamos de poner por finalizada la indagatoria preliminar con la formalización, tomamos la decisión que nos parecía más ajustada al caso y que ahora estará en la continuación del trámite el resultado final y es todo cuanto tenemos para manifestar en esta etapa".
Fiscalía pidió prisión preventiva por 120 días que usted no concedió, estableciendo prisión domiciliaria por 60 días, ¿por qué?
"La resolución de prisión domiciliaria es porque se entiende que hay cierto riesgo de entorpecer la investigación por un lado, pero existe un artículo que prevé para las personas mayores de 70 años la posibilidad de cumplir dicha medida en prisión domiciliaria, razón por la cual se tomó la decisión".
Usted entendió además que Fiscalía probó que el imputado influenció al testigo.
"Lo que entendí fue que había elementos que permitían suponer la aplicación del artículo 225, que esto es, entre otras formas, influenciar, obstaculizar de alguna forma la investigación por lo cual se tomó la resolución final".
Con el conocimiento que la persona tiene por su trabajo anterior en UTE, ¿en qué medida podría entorpecer la investigación?
"Lo que nosotros tomamos en cuenta son todas las pruebas que nos enuncia Fiscalía y la forma concreta en la cual cada parte lo exprese y argumente detalladamente, esos elementos puntuales, a esta etapa que es la formalización de una investigación en la cual todavía no sabemos cual va a ser el resultado final, no nos debería influir".
¿Qué plazo tiene el Tribunal de Apelaciones para expedirse?
"Dentro de 48 horas debe estar en el Tribunal y el Tribunal tiene 48 horas para hacer una primera observación del expdiente conforme al 362.3, pero en este momento no recuerdo el plazo para expedirse que tiene el Tribunal".