La Unidad Especializada en Violencia Domestica y Género tomó intervención ante una denuncia de violencia doméstica formulada por una mujer contra su ex pareja. Luego de una extensa actividad indagatoria, el caso pasó a la órbita judicial cumpliéndose una instancia en el juzgado letrado local a cargo de la Juez Letrado de Feria Dra. Andrea Tapia quien dispuso la formalización y condena por Proceso Abreviado respecto de G. J. C. I., como autor penalmente responsable de “un delito de violencia doméstica agravada en régimen de reiteración real con un delito de desacato” a la pena de 12 meses de prisión a cumplirse bajo el siguiente régimen: 1)- Un mes de prisión de cumplimiento efectivo y once (11) meses en régimen de libertad vigilada conforme a la Ley 19831: A) el primer mes con arresto domiciliado total de acuerdo a lo establecido en el Art. 8 de la Ley 19831. B) El resto de la pena, diez (10) meses, en régimen de libertad vigilada conforme al Art. 7 Literales A) B) y C) de la Ley 19831 y Art. 8 literal C) del mismo cuerpo normativo consistente en la prohibición de acercamiento, relacionamiento y/o comunicación a la víctima por un radio de 500 metros. Todo con descuento de la detención sufrida y siendo de su cargo las restantes accesorias legales de rigor (ART. 105 DEL CP). 2)- Dispone la aplicación del dispositivo de monitoreo electrónico durante los 10 meses de la libertad vigilada en virtud de lo establecido en el Art. 9 de la Ley 19831.