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17 de January del 2020 a las 11:18 -
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Más de un centenar de personas son supervisadas por la OSLA Soriano
El Sub Crio. Rodrigo Castro, Jefe de la OSLA Soriano explicó el funcionamiento de la oficina y como se llevan a cabo los procedimientos tras las resoluciones judiciales tanto a nivel penal como por la faltas

El Sub Crio. Rodrigo Castro, Jefe de la Seccional 2a. y Jefe de la Oficina de enlace de la Oficina Supervisión de Libertad Asistida (OSLA) que tiene dos funcionarios a su cargo, de los que destacó su dedicación y capacidad de trabajo, recibió en su despacho a @gesor para responder a las interrogantes sobre el funcionamiento de esta oficina que desde la puesta en vigencia del nuevo Código del Proceso Penal tiene una gran incidencia en el cumplimiento de las medidas adoptadas en la sede judicial y no se conoce como funciona y si efectivamente cumple su rol tal cual fue creada.


¿Cómo se instrumenta el cumplimiento de las medidas cautelares dispuestas por la Justicia a partir de la llegada del oficio a la OSLA que en Soriano tiene como representantes a ustedes?
"Corresponde aclarar que no todos los Jueces actúan de la misma manera, los Jueces de Dolores no envían en oficio a la OSLA de Soriano si no directamente a la OSLA a nivel nacional en Montevideo y de ahí lo reenvían a Soriano, con un atraso importante, pero a partir de ello, la Seccional 5a. o la Unidad de Investigaciones de la Zona II, según corresponda, inmediatamente nos mandan una copia de la resolución judicial.
En cambio los Jueces de Mercedes sí nos envían directamente el oficio.
Por esta situación estamos en camino de crear un protocolo de actuación que determine cuál debe ser el procedimiento en sí desde que se toma conocimiento de la resolución judicial hasta que finalice el cumplimiento de la personal imputada.
Realizamos una reunión con el Coordinador y allí se determina que todas las seccionales policiales para que independientemente que el Juez nos envíe el oficio con su resolución, ellas nos deben mandar siempre el oficio donde haya medidas cautelares y deba intervenir la OSLA".


¿Cuál es el seguimiento que realiza la OSLA Soriano?
"Una vez que se toma conocimiento, se cita a la persona, más allá que ella tenga conocimiento porque se entera cuando está dictándosele sentencia y allí también firma, nosotros se lo hacemos por escrito, ratificando lo que dice por escrito. Hay diferentes tipos de medidas, puede ser que el imputado tenga privación de libertad y después que cumpla ella deba seguir con libertad vigilada, y dentro de ésta hay varios items, puede haber también arresto domiciliario, tareas comunitarias, presentación a la seccional, estos tres pasos, lo hacemos cumplir nosotros. Hay otro items en la Ley 19.831 que dicen "Obligación de cumplir programas formativos laborales, culturales, de educación vial, sexual, de tratamiento de la violencia u otros similares. Ejercicio de una profesión, oficio, empleo, arte, industria y comercio bajo las modalidades que se determinen en el plan de intervención" y anteriormente expresa: "La Oficina de Seguimiento de la Libertad Asistida presentará en un plazo de veinte días desde que se le notifica la sentencia condenatoria por el tribunal, el plan de intervención correspondiente". Estos items no los realizamos a nivel departamental, porque eso debe ser efectuado por técnicos y nosotros no tenemos técnicos, por lo que la OSLA, cada determinada cantidad de meses envían un equipo de técnicos, se juntan varios oficios, nos avisan que vienen tal fecha y que citemos a determinadas personas, se las citamos y les conseguimos el local donde reciben a esas personas para la entrevista y luego ellos enviarían el informe al Juzgado en forma directa, no viene a nuestra oficina.
El arresto domiciliario, la presentación a la seccional y las tareas comunitarias, así como la concurrencia a centro de tratamientos por drogas o alcohol a nivel local las coordinamos y seguimos nosotros y una vez que se culminan con las medidas se realizan los informes y oficio correspondiente para el Juzgado y a la OSLA nacional, como también en aquellos casos en que haya habido incumplimiento".


¿Ustedes no realizan el seguimiento de ese plan que debe presentar la OSLA dentro del plazo de 20 días al Juzgado con lo que debe efectuar el imputado o condenado?
"No, nunca he leído la devolución de un equipo técnico, ellos lo enviarían directamente al Juzgado, por nuestra oficina no pasa. No tenemos conocimiento qué tipo de plan se le trazó a la persona y tampoco si lo cumple o cumplió, nosotros informamos de los items que controlamos con nuestra oficina.
Las tareas comunitarias las hacemos con la Intendencia de Soriano y con INUMET, según el perfil, la mayoría es con la Intendencia, porque INUMET es un organismo nuevo que al firma convenio había solicitado que no hubiera personas que hayan cometido delitos, si no faltas, ya que nosotros trabajamos no sólo con las resoluciones a nivel penal, si no también con el Juzgado de Paz que se encarga de aplicar a la Ley de Faltas".


En cuánto al grado de cumplimiento de las medidas, ¿cuál es el porcentaje?
"En el caso de las tareas comunitarias no dice cuando debe cumplirlas, ¿es al otro día, a la semana o a los tres meses? No lo dice. Unificamos el criterio, ni bien sale la sentencia, el oficio sale rumbo a la OSLA y de la oficina al cumplimmiento de la tarea comunitaria. Aquí tomamos una fase de entre una a dos semanas para que comience a cumplir las tareas comunitarias, si bien ya está notificado y nosotros le notificamos que debe coordinar con determinada persona la carga horaria y días, puede pasar que tenga problemas con su trabajo personal y le damos unos días para que acomode el horario y la coordinación es con nosotros y la Intendencia, son dos horas por día, por la cantidad de días establecidos.
Tenemos coordinado con la Intendencia -con Inumet no ha pasado por ahora- que cuando la persona comienza a incumplir nos avisa que tal persona deja de cumplir, pasan unos días y no terminó de cumplir, ellos nos envían oficio diciendo que no finalizó y nosotros enviamos oficio al Juzgado informando que determinada persona no cumplió con la resolución judicial y allí es la Fiscalía y/o el Juzgado quien resuelve si le da una segunda oportunidad o le hace cumplir los días que le restan, con cárcel como lo establece la ley.
No tengo las cifras del año, pero últimamente hemos enviado seis incumplimientos de tareas comunitarias".


¿Cuántas personas están supervisadas en Soriano por la OSLA tanto por la Ley de Faltas como por la conducta penal?
"En Soriano tenemos 12 personas con tareas comunitarias por resolución del Juzgado Penal, han habido 87 personas por violación a la Ley de Faltas, 24 por arresto domiciliario, 50 que deben presentarse en la seccional policial de su domicilio".

 

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