Se presentó en Seccional 2a masculino radicando denuncia por el hurto de teléfono celular. Agrega que se encontraba en su domicilio sito en la jurisdicción, cuando escucha que golpean a la puerta y una femenina que grita: "abrime, abrime" por lo que abre y ésta ingresa diciendo: "dejame pasar que estos me van a matar", pidiéndole para pasar al baño, narrándole lo que supuestamente le había ocurrido y por lo que pidió auxilio. Pasados unos minutos, la femenina sale de la finca y allí la aguardaba un taxi, escuchando que el conductor le dice que por la espera eran $ 60 más, pidiéndole la mujer al denunciante esa suma a lo que él le entrega un billete de $ 100. Al ingresar a su domicilio se percata de faltante de su teléfono celular LG, color negro con protector verde manzana no pudiendo ser ajena al hecho la femenina antes mencionada. Avalúa en $ 1.500.
De acuerdo a los datos aportados respecto al vehículo (taxi); personal de citada dependencia concurre a zona de la terminal de ómnibus ubicando taxi de similares características y entrevistado el conductor se confirma que la femenina viajó en el mismo pero con otro destino. Constituidos al lugar aportado por el taxista, es vista la femenina que casualmente pretendía abordar otro taxi. La misma al notar la presencia de funcionarios oculta algo debajo de los asientos. Inspeccionado el vehículo conjuntamente con el taxista es ubicado teléfono celular con las mismas características que el denunciado por hurto. Se procede a la incautación del aparato y conducción de la femenina a dependencia policial.
Entrevistada la misma manifiesta ser meretriz y haber concurrido al domicilio del damnificado ya que así fue solicitado por éste, asumiendo haber sustraído en la ocasión el teléfono celular ya que su propietario mantiene deudas que aun no fueron canceladas. Policía Científica realiza tareas inherentes a su cometido. Enterada Dra. Rodríguez dispone que la femenina ingrese en calidad de detenida.
En la tarde de este jueves, en el Juzgado Letrado de Primera Instancia de Primer Turno, a cargo de la Dra. Vivianna Barlocco, se dispuso la formalicaciòn y condena por proceso abreviado de R.B.M.M. como autora penalmente responsable de un delito de hurto, a la pena de 6 meses de libertad vigilada a cargo de la OSLA, con la imposiciòn de las medidas previsas en el art. 7 literales A) , B) y C) de la Ley 19.831, es decir, deberá fijar residencia en un lugar determinado donde sea posible la supervisión por la OSLA, quedando sujeta a la orientación y vigilancia permanente por parte de la OSLA y la presentación una vez por semana en la seccional policial correspondiente al domicilio fijado y la prohibición de acercarse a la víctima y obligación del ejercicio de una profesión, oficio, empleo, arte, industria y comercio, bajo las modalidades que se determinen en el plan de intervención.