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26 de October del 2019 a las 20:55 -
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Pareja condenada por hurtos y violencia privada, él marchó a la cárcel, ella pagará con libertad vigilada
Se le detuvo por un hecho y surgieron otros similares a partir de la investigación

Con fecha 17 del mes en curso, en forma telefónica dan aviso de hurto en zona del camino Sadam; atento a ello concurre personal de la Unidad de Investigaciones Zona I.
En el lugar es entrevistado damnificado quien da cuenta que posee allí una finca en reparación y periódicamente concurre a controlar, percatándose en el momento que le habían hurtado algunos efectos (1 campera Santa Bárbara de neopreno, un bolso de mano, bolsa de cemento de 25 kg, herramientas varias). Se dio intervención al no estar alterada la escena a Policía Científica.
De acuerdo a datos obtenidos se establece que fueron avistados en la zona un masculino y una femenina en moto llevando una bolsa de cemento lográndose establecer donde residen.
Enterada Fiscal Dra. María Eugenia Rodríguez señaló directivas para investigar el hecho.
Con fecha 21 de los corrientes es avistada la pareja en moto por lo que personal de Investigaciones les invitan concurrir a dependencia policial, lo que acceden de conformidad.
Indagados bajo acta de acuerdo a art. 61 C.P.P., se entera a Fiscal actuante disponiendo ésta detención para ambas personas, incautación de teléfonos celulares, inspección en respectivos domicilios.
Con fecha 22 ambos detenidos son conducidos a sede Fiscalía permaneciendo en igual situación para posterior conducción a Juzgado Letrado. Finalizada instancia judicial a cargo de la Dra. Vivianna Barlocco, la misma dispuso que estos continúen en igual situación (detenidos) cortándole el plazo legal de las 24 horas fijando nueva audiencia para día siguiente.
Finalmente, con fecha 23/10 la pareja es conducida a sede judicial y finalizada instancia Magistrada actuante libra Oficio Nro. 590/2019 mediante el cual se decreta por proceso abreviado respecto al masculino Anderson Joel Cáceres Alvarez de 20 años, como autor de tres delitos de violencia privada especialmente agravados y dos delitos de hurto, uno de ellos especialmente agravado todos en régimen de reiteración real, a la pena de veinticuatro meses de prisión de cumplimiento efectivo en una UIPPL y respecto a la femenina L.V.C.R. de 20 años, como autora de un delito de hurto especialmente agravado, a la pena de doce meses de prisión, que se sustituyen por un régimen de libertad vigilada bajo supervisión de la OSLA, bajo las siguientes condiciones: residencia
en un lugar determinado donde sea posible la supervisión de la OSLA; sujeción a la orientación y vigilancia permanentes de la OSLA; presentación una vez por semana en la seccional correspondiente al domicilio fijado; ejercicio de una profesión, oficio, empleo, arte, industria y comercio bajo las modalidades que se determinen en el plan de intervención de la OSLA.

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