19 de October del 2019 a las 12:25 -
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Nunca en la historia del país, con diálogo y participación social, en tan poco tiempo, se lograron tantos avances en la Seguridad Social
Recibimos y publicamos del Equipo de Representación de los Trabajadores en el Directorio del BPS

El Director del BPS en Representación de los Trabajadores, Ramón Ruiz (que tiene como referente en Soriano a Luis Arijón), hizo llegar a @gesor informe denominado "Nunca en la historia del país, con diálogo y participación social, en tan poco tiempo, se lograron tantos avances en la Seguridad Social".

Jubilaciones y pensiones
1- La ley de flexibilización para el acceso a la jubilación (n° 18.395), es sumamente importante en la inclusión al derecho, dado que se han podido jubilar miles de personas, de las cuales fueron mayoría mujeres entre 60 y 70 años. La razón principal es que –además de rebajar los años de trabajo necesarios para tener derecho a partir de los 60, de 35 a 30-, bonificó la actividad de las mujeres: por cada hijo nacido vivo y hasta el 5to., se otorga un año como trabajado. Un hecho histórico a consecuencia de esto sucedió en 2010, se jubilaron por primera vez más mujeres que hombres, al aplicarse esta discriminación positiva.
También se generan nuevas condiciones para jubilaciones por edad avanzada llevando a ésta de 70 a 65 años de edad, en determinadas condiciones.
2- Ley 19.590 o de los “cincuentones”, le da la posibilidad de elegir volver al sistema solidario del BPS a quienes habiendo sido obligados a estar en una AFAP quedaban perjudicados al momento del retiro. Un artículo de esta ley, permite reducir el enorme lucro que tienen las 3 AFAP con socios privados, disminuyendo sus comisiones. En otro además, dice que en caso de tener que estar inevitablemente en el sistema Mixto (los que cobran nominales más de $ 57.846, valor a 01/2019), deberá ser a la que cobra menos comisión, que hoy por hoy es la AFAP República.
3- Ley 18.850, que otorga pensión mensual y asignación familiar especial para hijos de víctimas fallecidas por violencia doméstica, que quedaban desprotegidos, sin ninguna cobertura. Esta ley además asegura la atención psicológica de los menores.
4- Ley 19.039, que otorga pensión a las víctimas de delitos violentos, que no tengan ningún recurso.
5- Ley de compatibilidad entre jubilación y trabajo, está vigente desde hace varios años, aunque no ha tenido el impacto de uso esperado. Habrá que adecuarla a las condiciones y nuevas formas del trabajo, dado que es buena medida para transferir conocimientos a los jóvenes que inician su paso por el mundo laboral, entre otras cosas.
6- Recuperación y aumento de las pasividades, con incremento mayor para jubilados y pensiones mínimas. Medidas que se han mantenido en el tiempo y muy beneficiosas para las jubilaciones mínimas de las personas que viven en hogares de menores recursos, sin las cuales no hubiera sido posible llegar a $ 12.250 hoy, considerando que a 2005, había jubilaciones menores a 1 BPC ($ 4.154) y los ajustes anuales son por el IMS.
7- Restitución de la prima por edad dejada sin efecto por la dictadura, lo cual significan un sustancial aumento de las jubilaciones mínimas, al cumplir los 70 años.
8- Partida especial de fin de año para jubilaciones y pensiones mínimas, en forma sostenida, con las pasividades del mes de diciembre, en forma sistemática desde hace 10 años, beneficiando a más de 100.000 personas.
9- Se reliquidaron las jubilaciones otorgadas a través del acto Institucional n° 9, cuyos topes no fueron elevados como disponía la ley, beneficiándose así a más de 10.000 personas.
10- Asimismo, se reliquidaron jubilaciones y pensiones de los trabajadores de la construcción, con la que se nominalizaron salarios, aumentando los montos jubilatorios a más de 15.000 personas.
11- Ley de jubilación para Artistas y Oficios conexos, esto es inédito en el país y la compatibilidad de trabajo y jubilación para artistas. Asimismo comienzan a aportar como cualquier trabajador, amparándose a todos los derechos como tales futbolistas, basquetbolistas y luego los ciclistas (y los que realicen actividades conexas a éstas).
12- Leyes 18.033 y 18.596, que establecen reparaciones a víctimas de dictadura y sus familiares.
Domésticas y Rurales.
13- Ley de 8 hs., entre otros derechos laborales y de seguridad social, para los trabajadores rurales, sector muy precarizado, con gran porcentaje de informalidad.
14- Ley n° 18.065, que regula laboralmente el trabajo doméstico, sin antecedentes en el país, igualando derechos en seguridad para todos y todas, no importando el sector de actividad. Esta ley inspira a la concreción del convenio de OIT, 189, del cual Uruguay fue el primero en ratificarlo.
Seguro por Desempleo.
15- Con la Ley 18.399, se amplía y flexibiliza el seguro de desempleo otorgado por el BPS a trabajadores de la actividad privada, permitiendo una serie de opciones, como el seguro parcial y especial, entre otras otorgando potestades al MTSS a esos efectos.
Subsidio por Enfermedad.
16- Aumento de topes de subsidio por enfermedad de 3 a 8 BPC, igualando con los topes del Seguro por Desempleo. A valores actuales, en pesos uruguayos, de $ 12.463 a $ 33.232.
Prestaciones a la Niñez y licencias parentales.
17- A través del Plan de Equidad, se amplía la cobertura en Asignaciones Familiares, focalizando en los hogares de menores recursos, con mejores prestaciones monetarias mensuales.
18- Ley 19.161 establece aumento de la licencia maternal de 12 a 14 semanas e incorpora 10 días de licencia paternal, que se suman a los 3 días pagos por la empresa que tenían los padres. El medio horario de trabajo por cuidados puede ser tomado tanto por la madre como por el padre, hasta los 6 meses de la niña o niño y a partir de la finalización de la licencia maternal.
Formalización - Empresas – financiación.
19- Es práctica constante del BPS desde hace tiempo, su lucha para reducir la evasión de aportes. Para ello ha implementado una serie de medidas, entre ellas las Leyes 17.963, 19.185, 19.632 de facilidades de pagos de deudas con el BPS, donde miles y miles de empresas – y por ende sus trabajadores-, regularizaron su situación, la cual mantienen hasta el día de hoy, donde todos los años desde 2007 los buenos pagadores son premiados con la quita de un 10% de los aportes patronales, no sólo de diciembre, sino del aguinaldo correspondiente. De poco más de 10.000 empresas en los inicios, a 11 años de la implementación, son más de 140.000 que tienen esta bonificación.
BPS que no se ve.
20- Se pasó la administración para otorgar viviendas al BPS al instituto, cosa que antes lo hacía el Ministerio correspondiente.
21- Se implementaron préstamos sociales del BPS, a muy bajo interés, para costear tratamientos dentales, prótesis, lentes y audífonos, por los que se extienden bauchers a los prestadores del servicio y luego se descuenta de la jubilación la cuota, hasta en 24 meses.
22- Superan las 90.000 las cirugías a través de la “Operación Milagro” en el hospital de ojos José Martí, inédito en el Uruguay.
23- 235.000 entregas de tablets, en todo el país, con cursillos para el manejo que se hacen en el momento de la entrega. Se proyecta que a 2020 estén entregadas las 300.000 que se programaron. Este plan, continuidad del Plan Ceibal, no tiene antecedentes en nuestro país.
24- Miles de personas se están atendiendo en el CRENADECER (ex DEMEQUI) de BPS, incluyendo además de las enfermedades congénitas, enfermedades raras y poco frecuentes.
Baremo.
25- Nuevas modificaciones al Baremo –medición de la discapacidad y la enfermedad-, donde se comienzan a tener en cuenta en forma más visible los “factores complementarios”, como la edad, la escolaridad, la territorialidad, entre otros elementos.
Sistema Nacional Integrado de CUIDADOS.
26- El Sistema Nacional de Cuidados, comenzó con un programa piloto en 2011 y a partir de 2015 comenzó a funcionar la implementación en forma progresiva de la atención a la niñez, a la vejez y a la discapacidad.
27- Ley que crea el instituto nacional del Adulto Mayor, donde se están implementando centros de día en varios lugares del país, entre otras cosas.
28- Centros de cuidados a la niñez SIEMPRE (donde sindicatos, empresas y el gobierno aúnan esfuerzos para que hijos e hijas de trabajadores/as tengan un espacio de cuidados, que complementan horarios de los centros de enseñanza para los mayores de 3 años o son el espacio para cuidados de los menores de 3 años de edad), y CAIF
29- Las personas de 0 a 29 años con discapacidad severa, cuentan, dentro del sistema de cuidados, con la atención a través de los Asistentes Personales.
Otros.
30- Reconocimiento, por la ley 18.146, de la unión concubinaria, donde comienzan a tener derechos de seguridad social miles de personas en estas condiciones, tanto en actividad –ejemplo: cónyuge colaborador-, como de pasividad –ejemplo, pensión “viudez”-.
31- Reforma de la caja Militar y de la caja Notarial.
32- Desde julio de 2016, se completa el acceso al Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS-FONASA), con lo que se ha llegado por primera vez en la cobertura de salud a 2.700.000 personas.

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COMENTARIOS
Enviado por: Lucio Alberto Borges

cobro la minima de 12.462.00, y tengo 73 años y no me pagan la prima por edad avanzada y tampoco la canasta de fin de año.no conocen el articulo 8 de la constitución Nacional de Uruguay


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