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30 de August del 2019 a las 05:28 -
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Se cayó de la moto, iba pasando el GRT para ayudarlo y terminò deteniéndolo por irregularidades en el motor
Fue formalizado y condenado por receptaciòn ya que el motor era de una moto robada en abril desde la esquina de la UTU

En la tarde de este jueves se llevó a cabo audiencia de formalización y condena presidida por la Dra. Vivianna Barlocco, titular del Juzgado Letrado de Primera Instancia de Primer Turno, asistida por la receptora Natalia Turuani acompañada por la Esc. Sabrina Pacheco, en la investigación que le llevaba adelante la Fiscalía de 2º Turno de Mercedes representada en la ocasión por el Fiscal Adscripto Dr. Federico Martínez, a quien se identifica con las iniciales M.A.Z.V. que estuvo asistido por su defensora la Dra. Eliana Miegge de la Defensoría Pública.
La imputación es de un delito de receptación de acuerdo a los hechos que relató el Dr. Martínez, quien indicó que el miércoles en la mañana circulaba en moto el imputado cuando al llegar a la zona de Luis A. de Herrera y Wilson Ferreira Aldunate, por una mala maniobra, cae de la moto, momento en que venía desde el puente "Líber Seregni" sobre el río Negro donde estaba realizando el operativo Gavilán, un móvil con personal del GRT, que al ver el siniestro de tránsito se acerca al joven caído, pero sin embargo éste trata de levantarse y huir corriendo con la moto, viendo los funcionarios policiales que el vehículo no tenía chapa matrícula y carecía de otras partes también, por lo que logran detenerlo. Un hermano del imputado que estaba en la zona tomando mate se acerca hasta el lugar y trata de intervenir para llevarse a su hermano que estaba retenido por la Policía, por lo que es también reducido y ambos son detenidos y conducidos. Se logra establecer que el motor de la moto en que se conducía pertenecía a una Yumbo City 125 cc que había sido hurtada el 29 de abril desde la zona de la Escuela Técnica "Pedro Blanes Viale" en Ferrería casi Haedo.
El imputado señaló que había adquirido el motor en $ 700 a un masculino a quien no conocía por lo que se procedió a formalizarlo por el delito de receptación, ya que la Defensa no tuvo objeciones a lo planteado por la Fiscalía, mientras que el hermano fue dejado en libertad.
Luego Fiscalía informó que se había llegado a un acuerdo para transitar por el proceso abreviado, solicitando se condenara M.A.Z.V. por un delito de receptación a la pena de 8 meses de prisión, la que se sustituirá por 8 meses de libertad de vigilada de acuerdo a las condiciones que establece el art. 9 de la Ley 19.446 en sus literales A) a D), además Fiscalía solicitó que en los primeros dos meses el imputado deba cumplir con arresto domiciliario de 21.00 a 7.00 horas del día siguiente.
La Defensa ante la consulta de la Dra. Barlocco dijo que su defendido había sido debidamente informado del alcance del acuerdo y que aceptaba los hechos, lo que el propio involucrado respondió a la Jueza cuando lo consultò señalando que aceptaba este proceso y reconocía los hechos que se le imputaban, por lo que la Dra. Barlocco pasó a dictar sentencia, recogiendo la solicitud de la Fiscalía, coincidiendo en la tipificación y en la pena.

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