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30 de July del 2019 a las 09:25 -
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Arresto domiciliario para quien mató a Walter Pereyra, la medida cautelar se debe a que tiene que ser nuevamente intervenido quirúrgicamente
El plazo del arresto domiciliario es de siete meses tras lo cual estaría en condiciones de fijarse la pena definitiva que incluiría prisión efectiva en una parte en virtud de la gravedad del delito

En la tarde de este lunes se llevó a cabo audiencia de formalización relacionada con el homicidio de Walter Pereyra, conocido popularmente como "El Gaucho" Pereyra, que ocurriera el 27 de febrero de 2019 tras incidente en el aserradero del que fuera dueño durante años y en ese momento había pasado a manos de un hijo suyo y él iba prácticamente a diario a colaborar y a dar órdenes a los empleados, y precisamente a raíz de incidente uno de los trabajadores le diera muerte.
La audiencia fue presidida por la Dra. Vivianna Barlocco, Jueza de Primera Instancia de Primer Turno de Mercedes, asistida por la receptora Natalia Turuani, y a pedido de la Fiscalía de Segundo Turno cuyo titular es la Dra. Herminia Viotti y en esta instancia estuvo representada por el Fiscal Adscripto Dr. Federico Montes. También estuvieron presentes en la audiencia el imputado W.A.O.L. de 28 años (cumple 29 el 20 de agosto) asistido por su abogada, la Defensora Pública Dra. Eliana Miegge, la Dra. Ana María Vaucheret como representante de la familia de la vìctima.
Abierta la audiencia por la Dra. Barlocco, le otorgó la palabra a la Fiscalía y el Dr. Martínez recordó que el 27 de febrero 2019 temprano en la mañana ocurrió altercado en el aserradero ubicado en bulevar Viera y Benavidez, donde se encontraba cumpliendo tareas el imputado W.O.O.L. y había concurrido el padre del titular del aserradero, Walter Pereyra, quien habitualmente iba a colaborar y a dar órdenes a los trabajadores. En determinado momento se produce altercado entre ambos y en medio del incidente O.L. dio muerte a Pereyra con un arma blanca, sin darse mayores detalles de lo ocurrido.
En base al desenlace de los hechos la Fiscalía solicitó la formalización por el delito de homicidio.
La Defensa del imputado no planteó objecciones a la pedido por la Fiscalía, y tampoco las tuvo la abogada representante de la víctima, por lo que la Jueza Barlocco procedió a formalizar la investigación.
Volvió a otorgarle la palabra a la Fiscalía y el Dr. Martínez indicó que se procedía a solicitar medida cautelar establecida en el art. 221 del Código del Proceso Penal literal i) de arresto domiciliario, en base al literal a) el deber de fijar domicilio, para cumplir con el arresto domiciliario por el plazo de 7 meses.
El Dr. Martínez establece que la Fiscalía solicita esta medida en virtud que a raíz de los hechos ocurridos el 27 de febrero, el imputado sufrió lesiones importantes que determinaron que se le realizaran intervenciones quirúrgicas y que le resta una más estimándose que el plazo de 7 meses sería suficiente para su recuperación.
Consultada la Defensa, la Dra. Miegge expresó que lo planteado por la Fiscalía era oportuno y conveniente, que no iba a plantear objecciones ni a la medida de arresto domiciliario ni al plazo.
La Dra. Vaucheret abogada en representaciòn de la víctima dijo no tener objecciones, teniendo en cuenta la seguridad del imputado y las razones de salud esgrimidas, por lo que no cuestionará la medida planteada.
Teniendo en cuenta lo aquí enumerado por las partes, la Dra. Vivianna Barlocco procedió a establecer las medidas cautelares por el delito de homicidio, aplicables a W.A.O.L. por el art. 221.1 literales a), e) i) por el tèrmino de 7 meses. Ello significa el deber de fijar domicilio y no modificarlo sin dar conocimiento a la sede; la retención de documentos de viaje y el arresto en su propio domicilio. recordamos que el imputado estuvo tiempo internado debido a las operaciones realizadas, por lo cual la formalizaciòn se había demorado.
De acuerdo a lo pudo saber @gesor, está trabajándose entre Fiscalía y la Defensa del imputado para llegar a un acuerdo por el proceso abreviado y de esa manera evitar el juicio, lo que seguramente recién pueda tenerse claro una vez esté culminando el plazo de las medidas cautelares para conocer el estado de salud del imputado, ya que por la gravedad del delito, seguramente haya parte de la pena que deba cumplirla en establecimiento de reclusión en forma efectiva, pero eso recién se sabrá una vez el imputado esté en condiciones de salud para poder afrontar la pena que le corresponda por el delito cometido.

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