En la sede del Juzgado de Primera Instancia de Cuarto Turno de Mercedes, a cargo de la Dra. Ana Julia Fuentes asistida por el receptor Alvaro González, se llevó a cabo audiencia solicitada por la Fiscalía de Primer Turno cuya titular es la Dra. María Eugenia Rodríguez, en esta instancia representada por la Fiscal Adscripta Dra. Stella Alciaturi, con la finalidad de pedir la formalización de la investigación de J.E.S.V. de 19 años quien estaba acompañada de la Defensora Pública Dra. Eliana Miegge.
La Dra. Fuentes dio inicio a la audiencia otorgando la palabra a la Fiscalía y la Dra. Alciaturi expresó en líneas generales los hechos por los cuales se investigaba a esta joven, señalando que este miércoles alrededor de las 9.35 horas en una visita especial que la joven realizaría a su novio Vicente Ferrer Ohaco que se encuentra alojado en la Unidad 24 del INR en Pense. En el momento de la revisión en arreglo que tenía en el cabello se le encontraron 26 envoltorios de lo que después se probaría era pasta base, 2 envoltorios de marihuana y otros 20 envolotorios de pasta base, además de dos chips para celulares, dos celulares, una memoria, $ 5.785 y a la vez se le incautó una moto Winner 110 en la que había llegado hasta la Unidad 24 la que este jueves se le entregó a una persona que ella determinó ante la jueza.
Asimismo, la Fiscal indicó que esta joven aceptó que por la noche en su casa vendía chasquis de pasta base a $ 100 cada uno, que se los brindaba su hermano N.V. al que le tenìa que pagar determinada suma y ella se quedaba con una parte, lo que realizaría desde hace un mes indicó.
En virtud de lo narrado solicitó la formalización de esta joven por un delito de suministro de sustancias estupefacientes a título oneroso en reiteración real con un delito de comercialización de sustancias estupefacientes en calidad de autora.
La Defensa no se opuso a lo solicitado por la Fiscalía ya que pudo acceder a la carpeta investigativa y la propia Jueza consultò a la indagada quien dijo entender el delito por el cual se le estaba acusando, procediendo la Dra. Fuentes a la formalización de la investigación.
Seguidamente se dio la palabra a la Fiscal Dra. Alciaturi quien informó que se había llegado a un acuerdo con la Defensa y la imputada para transitar por el proceso abreviado ya que se reunían las condiciones para ello, por lo que solicitaba a la Jueza Dra. Ana Fuentes la condena de J.E.S.V. por un delito de suministro de sustancias estupefacientes a título oneroso en reiteración real con un delito de comercialización de sustancias estupefacientes en calidad de autora, a la pena de 2 años y 6 meses de penitenciaría, a cumplirse 9 meses de manera efectiva y los restantes 21 meses de libertad vigilada debiendo cumplir con todos los literales incluidos en el art. 9 de la Ley 19446 excepto el E).
La Defensa indicó que su defendida fue debidamente asesorada sobre el alcance del acuerdo y del proceso por lo que se estaba a lo convenido con Fiscalía, y la Jueza Dra. Fuentes consultó a la imputada si aceptaba el proceso en forma libre y voluntaria a lo que respondió que si.
Tras la pausa para dictar sentencia, la Dra. Ana Fuentes coincidió con lo solicitado por Fiscalía, condenando a J.E.S.V. por un delito de suministro de sustancias estupefacientes a título oneroso en reiteración real con un delito de comercialización de sustancias estupefacientes en calidad de autora, a la pena de 2 años y 6 meses de penitenciaría, a cumplirse 9 meses de manera efectiva y los restantes 21 meses de libertad vigilada debiendo cumplir con todos los literales incluidos en el art. 9 de la Ley 19446 excepto el E).