Es sabido que muchos delincuentes usan casas para la venta de droga, como las denominadas bocas de pasta base. Estos delincuentes sacan provecho de la especial protección que actualmente brinda la Constitución al hogar, para evitar de ese modo la acción policial.
El proyecto de reforma constitucional prevé habilitar que por ley se establezcan las condiciones para que un juez pueda, cuando haya sospechas, ordenar allanamientos para combatir la delincuencia en horas de la noche, como ya lo puede hacer durante el día.
La prohibición de allanamientos en horas de la noche data de la Constitución de 1830. Otros países, que compartían con el nuestro esa cláusula, la han flexibilizado. En su origen, esta disposición era una garantía frente al poder de la autoridad, frente a los posibles excesos del Monarca. Es anterior a Estado de Derecho. Hoy esas garantías las brinda precisamente el Estado de Derecho y un Poder Judicial independiente. Lo que nosotros planteamos es que esas mismas garantías se den, y que así como se puede allanar de día con orden de juez, se pueda allanar de noche, también con orden de juez, y esa garantía evitará la posibilidad de abusos.