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27 de March del 2019 a las 10:50 -
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Prisión domiciliaria y libertad vigilada por violencia doméstica y amenazas
Ocurrió por parte del masculino que ingresó sin autorización al domicilio de su expareja y amenazó a ésta y su actual pareja que estaban junto a los hijos de aquella

Ante denuncia realizada en seccional 1a. por femenina de 21 años en compañía de su pareja de 35 años, contra la ex pareja de la misma, el cual se presentó e ingresó en el domicilio sin autorización, amenazándolos a ambos con arma blanca e insultándolos en presencia de los niños (hijos de la femenina), para luego darse a la fuga. Personal de URPS procede a realizar recorrida, deteniendo al masculino, el cual por orden Fiscal queda detenido. Luego de culminada la instancia judicial se decretó la condena por proceso abreviado a la pena de doce meses de prisión a cumplir de la siguiente manera: los primeros dos meses de prisión domiciliaria y los restantes diez meses de libertad vigilada con las siguientes obligaciones: A- Las previstas en los literales A - D de la Ley 19.446; B- Prohibición de acercamiento, relacionamiento /o comunicación por cualquier medio con los denunciantes, así como la prohibición de acercamiento al domicilio de éstos en un radio de 500 metros, debiendo el imputado constituir domicilio fuera de ese radio durante la totalidad del plazo de la condena; C- El uso de dispositivo de monitoreo electrónico durante la totalidad del plazo de la condena, respecto del imputado J.I.A., a quien se le imputa el ilícito de: un delito de violencia doméstica especialmente agravado en en concurso formal con un delito de amenazas especialmente agravado en calidad de autor.

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