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19 de October del 2018 a las 12:08 -
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Dr. Jorge Díaz: ¨Los fiscales no pueden no aplicar la instrucción y allí dice que no hay descuento por trabajo y estudio¨
La referencia es para los casos de acuerdo por proceso abreviado en que se llegó a una pena de cumplimiento efectivo, allí la Fiscalía debe defender que se cumpla en su totalidad ella

En el conocido como El Rancho de Piedra ubicado en la chacra policial de la Jefatura de Policía de Soriano se realizó jornada sobre el Proceso Penal Acusatorio, Actuación de la Fiscalía y de la Policía, organizada por la Fiscalía General de la Nación, con la presencia del Fiscal de Corte Dr. Jorge Díaz y el Jefe de Policía de Soriano, Insp. Gral. (r) Alberto González, junto a los demás integrantes del Comando Jefaturial, jefes de zona, principales de las diferentes seccionales, titulares y adscriptos de las fiscales de Mercedes, Dolores y Fray Bentos, habiendo llegado equipos especializados tanto de la Fiscalía General como del Miniterio del Interior para trabajar en la temática.
En la oportunidad, @gesor consultó al Fiscal Dr. Jorge Díaz sobre concepto que incluyó en su última instrucción.
En la instrucción hizo mención al descuento de pena por trabajo y estudio en aquellos casos que fueron penados por acuerdo abreviado, que no correspondía descontar pena por dichos conceptos, sin embargo entre fiscales, jueces y abogados sigue existiendo diferencias entre su directiva y lo que efectivamente dice la ley, ¿qué reflexión le merece?
"Conceptualmente la población debe entener que las instrucciones no son a los jueces ni a los abogados, son a los fiscales. Lo que dice el Consejo de Instrucciones Generales de Fiscalía a los Fiscales, que tiene una composición colegiada, donde hay un delegado de Asociación de Fiscales, de la Facultad de Derecho, de la Sociedad Civil, y del Poder Ejecutivo, la instrucción les dice a los fiscales, en los casos de proceso abreviado deben pedir que se cumpla efectivamente con el acuerdo, eso significa que si se estableció determinado plazo de prisión efectiva es ese el plazo de prisión efectiva, en esos casos no corresponde la libertad anticipada ni tampoco corresponde el descuento de 2 x 1 por día de trabajo y de estudio, esa es la posición de los fiscales. Obviamente en un juicio hay dos partes, la Fiscalía y la Defensa y el que resuelve es el Juez, los fiscales irán a pelear esa posición, eso es lo que se discutió en el Consejo y entendemos que esa fue la voluntad del legislador".
¿Es decir que no debería haber un fiscal que fuera en contrario de lo que establece la instrucción?
"Los fiscales no pueden no cumplir con la instrucción, lo que pueden hacer en todo caso es una objección, pero no pueden dejar de aplicarla, eso está establecido en el Estatuto de la Fiscalía".

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