Se conoció el texto del informe en minoría firmado por los integrantes de la comisión investigadora de la Gestión de ASSE desde el año 2008 hasta la fecha y la denominada estafa al Fonasa, representaantes en este caso de los Partidos Nacional, Colorado e Independiente.
De él tomamos los capítulos correspondientes a los Hospitales de Mercedes y Dolores sobre los que en los próximos días se realizará la ampliación de las denuncias efectuadas oportunamente por el Edil Heber Scirgalea, ante los Juzgados de Mercedes y Dolores, relacionados con estos temas.
Este informe al igual que el que presente el Frente Amplio será considerado en el Plenario de la Cámara de Diputados en la sesión del miércoles 12 de setiembre.
GESTIÓN DE ASSE DESDE EL AÑO 2008 HASTA LA FECHA Y LA DENOMINADA ESTAFA AL FONASA
Informe en minoría del Partido Colorado, del Partido Independiente y del Partido Nacional
INFORME EN MINORÍA
IV – Centro Departamental de Soriano (U.E. 030)
a) Traslados
El informe de la auditoría interna de ASSE de octubre de 2014, da cuenta de la contratación de EMS en forma directa, resuelto por la Dirección de la Unidad Ejecutora, siendo observada por el Tribunal de Cuentas. Si bien se realiza un proceso licitatorio en mayo 2014, no pudo adjudicarse por falta de disponibilidad financiera.
El 29 de setiembre de 2014, la Gerencia Financiera y la Dirección Administrativa de la unidad ejecutora envían nota a la Gerencia Administrativa de ASSE informando de la falta de crédito suficiente para adjudicar la licitación, así como de las incompatibilidades del ordenador del gasto, solicitando asesoramiento.
En octubre de 2014 la Gerencia Administrativa de ASSE, Cra. Estela Viglielm, comunica a la Gerencia Financiera de la unidad ejecutora que debería adjudicarse el servicio, por los meses de noviembre y diciembre de 2014, a la empresa EMS, y en virtud de la incompatibilidad la resolución debe dictarse por parte de la Dirección Administrativa de la unidad ejecutora.
El origen del servicio de urgencia-emergencia a domicilio, se produce a instancias de la JUDESA con participación de la Dra. Graciela Garcia, la Lic. Cecilia Acosta, la Dra Falótico y los trabajadores médicos de ASSE. La Dra. Falótico es funcionaria de ASSE, médica neumóloga de la RAP de Soriano y de la UE 030, ex Directora del Centro Auxiliar de Dolores, y socia de EMS SRL. La Dra. Cecilia Acosta, Directora del Hospital de Mercedes y Coordinadora regional.
El primer contrato con EMS SRL para el Hospital de Mercedes es firmado por la Lic. Cecilia Acosta, en representación del Hospital de Mercedes, y por la Dra. Ana Falótico, médica neumóloga de la UE 030 RAP Soriano y Directora de la UE 039 C.A Dolores desde 7 de mayo de 2014 hasta 4 de junio de 2015, en representación de EMS.
El conflicto de intereses es muy claro: en noviembre 2013 la Dra. Laxaga fue designada Subdirectora del Hospital de Mercedes; en diciembre 2013 es designada ordenadora de gastos del Hospital, y en junio de 2015 es nombrada Directora del Hospital de Mercedes. Cabe además destacar que es socia de la empresa EMS, razón de la incompatibilidad la Gerencia Financiera y la Dirección Administrativa de la unidad ejecutora realizan consulta a la Gerencia Administrativa de ASSE.
Siendo la Dra. Laxaga subdirectora y ordenadora del gasto del hospital y socia de la empresa EMS, el 7 de abril de 2014 se excusa de participar en el llamado a Licitación Pública declarando vinculación laboral con dicha empresa. Aun así, firma lotes de facturas de EMS en abril de 2014 y aún después de esa fecha.
La Dra. Patricia Laxaga, socia de la empresa EMS, en febrero de 2015 presenta cesión de cuotas sociales de la empresa. Lo mismo hace la socia de la empresa Dra. Ana Falótico. Cediendo ambas sus respectivas cuotas sociales de EMS al Dr. Enzo Nicolás Choca Canet, quien actúa como médico en el servicio de emergencia del Hospital de Mercedes, en dependencia jerárquica de la Dra. Laxaga.
También son socios de la empresa EMS SRL médicos de ASSE que se desempeñan en puerta de emergencia del Hospital de Mercedes, ordenando traslados: Dr. Néstor Graña, médico general en Servicio de Emergencia, siendo además cónyuge de la Dra. Falótico y Dra. Mariela González, jefa de pediatría, guardia interna de veinticuatro horas semanales por Comisión Apoyo y cargo de alta dedicación en este hospital y RAP. El conflicto de intereses planteado fue determinante para dejar sin efecto la licitación pública 9/2014, a instancias de la Gerencia Financiera de ASSE por contravención al artículo 46 del TOCAF. La unidad ejecutora continuó contratando a EMS en forma directa, sin publicar.
En esta unidad ejecutora también se constatan irregularidades dadas con respecto a la sucesión de ordenadores de gastos, que tiene lugar en el Hospital de Mercedes. Ello deriva en que se realice firma de lotes de facturas por parte de la Subdirectora Lic. Cristina Escola en momentos en los que ella, aún no figuraba como habilitada en la fecha en que se emiten dichos lotes. Esto se detecta en febrero de 2016.
En diciembre 2015 se dispone una investigación administrativa, en virtud de la opinión de la División Jurídica de ASSE en relación al pago de facturas de EMS, y en diciembre 2016 por Resolución No. 3174/2016 de Gerencia General de ASSE se dispone un sumario administrativo, aplicándose una sanción consistente en la suspensión total de haberes por 120 días. Corresponde señalar que los únicos sancionados fueron la Dra. Laxaga y el Dr. Graña.
A la sesión de la comisión del 30 de abril de 2018 asiste el Dr. Enzo Choca, quien reconoce ser socio de la firma EMS SRL desde el año 2014. Afirma que la Dra. Laxaga le ofreció las cuotas de la empresa porque no podía seguir por problemas de incompatibilidad. Cuotas que según su testimonio fueron cedidas, no habiendo tenido que pagar por ellas. Incluso afirmó que las cuotas cedidas las entregó a otro médico, porque “las tenía de manera transitoria.” Según sus declaraciones comprar acciones significaba tener más posibilidades de cantidad de guardias, es una sociedad para trabajar. Asimismo, afirma que la empresa en los veinte años que lleva nunca dio ganancia. Consultado sobre la Dirección de la empresa afirma que la realizan el Dr. Neme y el señor Graña. El Dr. Choca afirma que no comunicó a autoridades de ASSE su vínculo con EMS porque desconocía que tenía que hacerlo.
El Dr. Graña, uno de los socios fundadores de EMS, concurre a la Comisión Investigadora el mismo 30 de abril de 2018 y afirma que la empresa no tiene fines de lucro, que no da ganancias, también asegura que su participación en EMS era ampliamente conocida local, departamental y nacionalmente, incluso por autoridades del MSP. Asegura desconocer el cambio de norma del artículo 46 del TOCAF del año 2012. Afirma que las autoridades de ASSE, Gerente General, Regionales, Gerente Administrativo conocían la incompatibilidad y que el Cr. Garbarino, Gerente Administrativo de ASSE, les pidió a las Dras. Laxaga y Falótico que cedieran sus cuotas.
También a esa sesión asiste la Dra. Mariela González, Jefe del Departamento de Pediatría del Hospital, quien declara que fue socia de EMS hasta el año 2013. Sin embargo en el Diario Oficial figura que las cuotas se cedieron en diciembre de 2015. Afirma que cedió sus cuotas a un precio irrisorio. Afirma que en los años que trabajó la empresa no daba ganancia.
El 12 de marzo de 2018 concurre a comisión la Lic. Cecilia Acosta, Directora del Hospital de Mercedes entre los años 2013 y 2015. Consultada sobre reunión de la JUDESA y sobre un planteo de la Dra. Falótico sobre la necesidad de crear un servicio de médico a domicilio, responde que la doctora manifestó la incomodidad de algunos médicos con relación a asistir en forma ambulatoria o a domicilio a los usuarios que llamaban directamente al hospital, planteando que no tenían condiciones para realizar la tarea. Luego de la reunión de JUDESA, se comienzan a hacer las invitaciones, se invita a CAMS, que es el prestador integral privado pero ellos tampoco podían brindar ese servicio; solamente podían hacer la Clave 1. Entonces, se pregunta a EMS, que era el otro prestador que tiene ambulancias. Así se firmó el contrato con la empresa EMS. Afirma que firmó el contrato porque en ese momento era la directora interina.
Corresponde precisar que la Lic. Acosta también en ese período cumplió la función de Directora Regional. En esta doble función se controla a sí misma, es una irregularidad de ASSE, que confirma la falta de importancia dada a los controles.
La licenciada también afirma que existe un ranking de empresas a convocar, dejando a EMS para una de las últimas, por el costo, a la cual se recurre cuando todos dicen que no tienen disponibilidad. En este aspecto es importante resaltar que solicitado en Comisión el orden de prioridad mencionado, sorprendentemente no se corresponde con los dichos, la nota que entrega ASSE es de fecha 27 de setiembre de 2016 y allí la empresa EMS figura en primer lugar en traslados especializados de adultos y pediátricos dentro de la ciudad y en traslados especializados de adultos y pediátricos fuera de la ciudad figura en tercer lugar de cinco.
El 12 de marzo de 2018 asiste a la investigadora el Cr. Jorge Castro, gerente financiero del Hospital de Mercedes desde marzo de 2014. Consultado sobre la vinculación de la Dra. Laxaga con la firma EMS responde que toman conocimiento a partir de la auditoría de 2014, que habían sentido el comentario que podía ser socia de EMS y se le hizo la pregunta y ella respondió por escrito que no, que ella tenía un vínculo solamente laboral con EMS, no que era socia de EMS. Se supo que Laxaga era socia de EMS durante la auditoría. Afirma que se hicieron muchas consultas sobre cómo proceder con esa licitación, a Gerencia Administrativa y a División Jurídica, y la respuesta fue que no se podía adjudicar a EMS por el tema de la conjunción y que estaba viciado de nulidad por el artículo 46 TOCAF. Por otra parte, afirma que la Cra. Viglielm, que fue Gerente Administrativo en una licencia del Cr. Garbarino, es quien da la orden de que se contrate a EMS, incluso reconoce que existían facturas pendientes de pago a la empresa EMS ya que cuando surge el problema Laxaga no podía firmar, afirma que en esta circunstancia quien firma es la Lic. Acosta que era la Directora pero no era ordenadora de gastos. Asimismo, da cuenta de que muchos de los lotes de facturas son devueltos para realizar correcciones, y en ese momento Acosta ya no era Directora sino que nuevamente era Laxaga, con lo cual termina firmando facturas de EMS que luego la empresa cobra.
Un hecho no menor que queremos subrayar son los dichos del Cr. Castro en el sentido de que la Licenciada Acosta le sugirió no asistir a la investigadora, habiéndole respondido que no teniendo nada para ocultar podía colaborar, a fin de que surjan los responsables de lo que sucedió y de que se haga justicia.
El 7 de mayo de 2018 concurre la Administradora del Hospital de Mercedes Nybia Revetria quien confirma que cuando estuvieron en conocimiento del vínculo de la Dra. Laxaga con la empresa se hicieron muchas consultas, incluso Jurídica les había contestado que no se podía contratar a EMS. Asimismo, afirma que recién en febrero de 2017 se pudo consultar en el programa Lotus Notes, que registra los recursos humanos, la totalidad de los funcionarios de ASSE, y por tanto podían controlar la información del RUPE con ese mismo programa.
El 9 de abril de 2018 asiste a la Comisión Investigadora la Lic. Escola, Subdirectora del Hospital de Mercedes desde 2015 al 2017, quien afirma desconocer las contrataciones directas que tenían incompatibilidad por el artículo 46 del TOCAF. La Licenciada llegó a ser ordenadora de gastos, y que siendo ordenadora contrató a la firma EMS. Afirma que hacía lo que la parte administrativa le decía, que recibía directivas del equipo de gestión, de Nybia Revetria, de Jorge Castro, que era el Contador y de Laxaga y Cecilia Acosta cuando eran Directoras. En su testimonio afirma que no aprendió mucho de la parte administrativa. Declara: “yo firmaba lo que ponían para firmar”, “se firmaban las cosas porque se firmaban”. Dijo desconocer que Laxaga era socia, que sabía que Graña y que Falótico eran socios. Asegura que la sugerencia de su nombre para Subdirectora del Hospital vino de la Dra. Laxaga y de Acosta.
El 2 de abril de 2018 concurre a la investigadora el señor Scirgalea, edil en Soriano, por su actividad vinculada con los servicios de salud del Estado y por las denuncias que ha llevado, no solo a la Junta Departamental sino a la justicia, sobre el Hospital de Mercedes y el Hospital de Dolores. Otro hecho no menor que denuncia es que el primer contrato del Hospital y EMS se firma por Cecilia Acosta por ASSE cuando no era ordenadora de gastos y la Dra. Falótico por EMS. Afirma que en reunión realizada en octubre 2014 la Cra. Viglielm, la Dra. Graciela García y la Lic. Acosta acuerdan que los servicios contratados a la empresa EMS serán firmados por la Directora Regional, Dra. Graciela García.
La denuncia penal de la contratación de EMS no la hizo ASSE sino el edil Scirgalea.
b) Farmacia
El informe de la Auditoría realizada en diciembre de 2016 en la Farmacia del Hospital de Mercedes, para el seguimiento de medidas adoptadas sobre recomendaciones realizadas en una auditoria del año 2014, concluye:
De catorce recomendaciones realizadas en el año 2014, solo una se implementó, el alto porcentaje no implementado distorsiona el funcionamiento de farmacia.
Esta auditoría constata que continúa la falta de habilitación de Ministerio de Salud Pública y de la Dirección de Bomberos, la falta de control de temperatura ambiente, cuando se planifica la compra controlan el stock de algunos medicamentos, se continúa incumpliendo la normativa de prescripción de recetas, y, al realizar un control de stock de medicamentos elegidos al azar, existen diferencias, con lo cual se vuelve a recomendar controles diarios de recetas despachadas con registros del sistema.
Consultada Cecilia Acosta (sesión del 12 de marzo de 2018) sobre la auditoría de Farmacia y la situación actual, afirma que el químico estuvo con una situación de sumario administrativo y con otra química, con la cual se empieza a trabajar en un cambio. Agrega que desde agosto del año 2016 tienen el Webfarma, que es el programa que permite tener el stock y la compra y saber qué receta salió, quién es el médico y quién es el paciente. Los medicamentos de psiquiatría están bajo llave. Se realizaron algunos protocolos. Respecto del stock de medicamentos afirma que se está tratando de hacer controles de calidad cada quince días o cada mes sobre un medicamento específico y ver cuántos hay en la caja y cuántos en el sistema, para poder hacer el ajuste. Afirma que las diferencias se producen por recetas que no fueron pasadas aunque sí figura como salido en el programa.
La ex Subdirectora Escola, en sesión de 9 de abril de 2018, reconoce conocer la auditoría de farmacia, afirma no recordar medidas correctivas, ni las razones del incumplimiento de la normativa relativa a prescripción de recetas.
Las conclusiones de la auditoría son muy preocupantes y, si sumamos los testimonios, deja muchas dudas en relación a la mejora de la unidad Farmacia.
c) Asuntos varios
Informe de la Auditoría Interna de marzo 2016 da cuenta de la contratación de servicios a cooperativas sociales del MIDES, y advierte que la contratada para servicios de mantenimiento de áreas verdes requiere ajustes en su funcionamiento. En tal sentido, en la concurrencia del 2/4/2018 a la investigadora del edil Scirgalea, informa que el Hospital de Mercedes está contratando servicios de cooperativas, que tienen muchos inconvenientes con el manejo del dinero, con denuncias policiales y penales.
El señor Scirgalea afirma que en el Hospital de Mercedes han habido sumarios por omisión de asistencia, sumarios que, inclusive, llegaron a la sede judicial. Hay una resolución judicial que dispuso procesamiento sin prisión para la doctora Mariela González por omisión de asistencia, y también procesamiento sin prisión para una nurse de apellido Otero, y que hoy las dos funcionarias siguen trabajando en ASSE.
Entendemos que la señalización del Edil de los temas anteriores, sobre los que esta Comisión no profundizó, denota también que en el Hospital existen aún irregularidades de las cuales desconocemos el alcance.
V – Centro Auxiliar de Dolores (U.E. 039)
En primera instancia una consideración general de la unidad ejecutora que surge en virtud de lo expresado por la Auditoría Interna de ASSE en su informe de fecha 13 de diciembre de 2014, es que todas las contrataciones de empresas realizadas por dicha unidad ejecutora son por el procedimiento de compra directa y están observadas por el Tribunal de Cuentas.
Las conclusiones de la auditoría expresan: las debilidades de control interno “sitúan al hospital de Dolores en un nivel de riesgo alto (inminente posibilidad de error o dolo)”.
Incluso en las recomendaciones del referido informe se establece que debido a las problemáticas detectadas se sugiere dar trámite del informe de auditoría al Departamento Jurídico y entienden que se debe priorizar una auditoría administrativa integral en el Hospital de Dolores a la brevedad.
a) Traslados
La empresa Jorge Charlo es contratada por compra directa para la realización de traslados con vehículo de la unidad ejecutora. La empresa factura por kilómetro realizado y vende servicios personales de médicos, enfermeros y choferes en vehículo de la unidad ejecutora. Según reporte de SISCONVE, se detecta que ha facturado más kilómetros que los recorridos efectivamente. También se constata, que la empresa realizó traslados de pacientes distintos en la ida y vuelta a la unidad ejecutora, que fueron facturados como dos traslados diferentes sin la anuencia del Equipo de Gestión de la unidad ejecutora. Presenta irregularidades como que había enfermeros que no figuran en la planilla del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. La empresa cobra traslados al IAMC Hospital Evangélico, que son realizados con ambulancia, combustible y personal pago por ASSE.
En julio de 2014 la empresa Jorge Charlo renuncia a traslados especializados. Se adjudica la contratación a la empresa EMS, de la que es copropietaria la Directora del Centro, Dra Ana María Falótico.
En sesión del 9 de abril de 2018 concurre el Dr. Aníbal Capano, Director del Hospital de Dolores desde 2010 a 2014. En sus declaraciones afirma que él, con el equipo de gestión, mantenía reuniones para analizar los gastos del hospital, y siendo que los gastos de CTI y traslados eran los mayores, el foco se puso en estos temas. Respecto de los traslados, dijo que se analizaban todos los gastos de las ambulancias hasta obtener un costo operativo con datos históricos, y luego esta información se comparó con el contrato vigente que tenían para servicios de traslados (contrato de la empresa EMS anterior a su gestión). Afirma que con ayuda del taller de ASSE se rescata una ambulancia, pero faltaban los recursos humanos. Consultado ASSE central, se hizo en el año 2012 un llamado a licitación (a este llamado no se presentó la firma EMS) y se contrató el equipo del Jorge Charlo. Agrega que este cambio no gustó ni a EMS ni al gremio de emergencias móviles. En sus manifestaciones, asegura que la firma contratada no presentaba irregularidades y subraya que no hubo ausentismo ni guardias descubiertas. La empresa hacía traslados comunes y especializados con ambulancias del Hospital de Dolores, de acuerdo con la licitación.
El Dr. Capano dice que estando de licencia por cinco o seis meses, asume la Dra. Falótico que suspende el servicio. Según el ex Director las ambulancias estaban en condiciones para mantener los traslados especializados y no se necesitaba la privatización. Capano conocía a la Dra. Falótico porque era integrante de EMS y muchas veces hacía los traslados. Por otra parte, afirmó que en una reunión la Dra. Graciela García ?era la Gerente Regional?, expresó respecto del nombramiento de la Dra. Falótico al frente del hospital de Dolores que era integrante de una emergencia móvil que contrataba con los hospitales de Mercedes y de Dolores, por lo que se iba a meter en serios problemas, a lo que se le respondió que se arreglaba.
El propietario de la empresa contratada Jorge Charlo asiste a la investigadora en sesión del 9 de abril de 2018. En su testimonio afirma que las ambulancias estaban en perfectas condiciones, ya que era herramienta de trabajo y que exigían que se les hiciera un buen mantenimiento para tenerlas a la orden y poder trabajar. Afirma que durante la dirección del Dr. Capano no tuvo inconvenientes, que los problemas comenzaron con la Dra. Falótico, y afirma que la misma cuestionaba el contrato con la empresa y que terminó desmantelando la ambulancia especializada. Además exigió -fuera de los términos del contrato- un médico de guardia veinticuatro horas, con el mismo precio del kilómetro del contrato, lo cual era imposible para la empresa. Asegura que lo obligó a firmar un documento para dejarlo fuera y comenzó a contratar a su empresa, EMS.
El Dr. Canedo, médico de la emergencia que apoyó el proyecto del Dr. Capano, afirmó en sesión de la investigadora del 19 de marzo de 2018 que la Dra. Falótico desmanteló la ambulancia especializada y que él denunció, en setiembre 2014, ante la División Jurídica de ASSE las irregularidades en las contrataciones de la empresa EMS.
Es procedente remarcar que el sumario a la Dra. Falótico se realizó en el año 2016.
En sesión del 19 de marzo de 2018 asiste la Dra. Falótico afirmando que la empresa EMS brindaba atención a domicilio en forma privada, y que desde el año 2000 efectuaba traslados especializados para el hospital, o sea de pacientes graves, de alto riesgo. Afirmó que la empresa Charlo había hecho un contrato con la Dirección anterior, por el que se utilizaban los móviles de ASSE, con combustible de ASSE, y la empresa ponía el personal. Pero que el personal que utilizaba la empresa era el que estaba de guardia para hacer los traslados de alto riesgo e inclusive los comunes. Asegura que, el 21 de julio de 2014 en el expediente Nº 29/039/3/86/2014, realizó la primera nota por escrito para abstenerse de participar de todos los actos en los que interviniera la empresa EMS, ya que tenía relación con ella, y que ante la falta de respuestas se reunió con el Cr. Garbarino (en ese entonces Gerente Administrativo de ASSE), quien llegó a decirle que debía ceder sus cuotas sociales. La respuesta de ese expediente al Hospital llega entre el 20 y 25 de abril de 2015, habiendo cesado ella en sus funciones el 30 de abril de ese año. También afirma que EMS presenta propuesta para el Hospital, a pedido del equipo de gestión. Por tanto, afirma que las autoridades de ASSE conocían que formaba parte de la empresa EMS.
Es curioso que ASSE haya resuelto aplicar una sanción para la Dra. Falótico sin tener en cuenta la situación de quienes tenían más jerarquía que ella y se encontraban aparentemente en conocimiento de la situación.
Ante la acusación de desmantelamiento, la Dra. Falótico expresó que el traslado de alto riesgo se debe hacer con un equipo de personal especializado arriba de la ambulancia, con equipamiento adecuado, y que estas condiciones no se daban. Ante la consulta de si no se podía buscar una solución y pedir los recursos que faltaban a ASSE responde que se le decía que no había presupuesto para nombrar nuevos médicos y nuevo personal de enfermería, que no se podían crear cargos nuevos para armar un servicio nuevo.
En sesión del 19 de marzo de 2018 se presenta el Cr. Malacria, quien fue designado por concurso en el año 2011 como Gerente Financiero en el Hospital de Dolores, desempeñándose en tal cargo hasta la fecha. Respecto de los traslados especializados afirma que se contrataron hasta que en la Dirección del Dr. Capano se equipó una ambulancia, y se licitaron los recursos humanos para efectuarlos. Licitación Pública que gana la empresa Jorge Charlo, y que es intervenida por el Tribunal de Cuentas sin observaciones. También afirma que esta contratación trajo ahorros para el hospital, y que cuando la doctora Falótico asume la dirección en el año 2014, considera que esa ambulancia no ofrecía las garantías necesarias para cubrir el traslado; inclusive, le formula una serie de observaciones como que la empresa no podía hacer efectivo el traslado por no contar con el médico y con la enfermera en el momento en que era necesario hacerlo. Afirma el Contador en su función, asesora con respecto a la conveniencia de precios de las distintas ofertas, y que además una vez que detectada la irregularidad, se trabajó en conjunto con la Administradora del centro y con la Administradora y el Contador del Hospital de Mercedes ?porque estaba sucediendo exactamente lo mismo en el Hospital de Mercedes? y, que obviamente, se trabajó en conjunto con ASSE central. Expresó asimismo, que hicieron la denuncia pertinente a la regional de ASSE y también a la Gerencia Administrativa de ASSE, y que además se pidió asesoramiento en el Departamento Jurídico y Notarial de ASSE. Afirma también que el asesoramiento no se hizo en forma inmediata ni precisa. Según expresa el Cr. Malacria, el Contador Garbarino – Gerente Administrativo de ASSE- estableció que la solución ante irregularidades de hecho y la conjunción que se estaba dando era que la Dra. Falótico debía ceder las cuotas sociales, o sea que la misma debería vender la cuota social a otro socio para salvar esta situación. “Después, supimos que no es tan así- dijo el Cr.- puesto que tenía que transcurrir el período de un año después de cedidas las cuotas para poder seguir contratando el servicio”.
El Cr. Malacria afirma haber dicho a la Dra. Falótico que debía renunciar o dejar de contratar a EMS. Sin embargo, la doctora ni renunció ni dejó de contratar a EMS. Asimismo, afirma que la regional en conocimiento de tal situación tampoco hizo nada.
De lo expresado por el Cr. Malacria se desprende que el asesoramiento de ASSE no fue correcto y muestra desconocimiento de las normas establecidas en el TOCAF. ASSE debió tomar medidas y no hizo nada.
Corresponde señalar que el Cr. Malacria también fue sancionado por ASSE. Tras haberse realizado una investigación administrativa, se le instruyó sumario administrativo por responsabilidad funcional.
En relación a la firma Charlo, asegura Malacria que cuando se realizaron los controles pertinentes a una empresa tercerizada no surgieron irregularidades.
Por otra parte, afirma que un traslado a Montevideo actualmente representa unos $ 30.000.
Expedientes Nº 29/039/3/86/2014 y Nº 29/039/3/87/2014
Estos expedientes se forman a partir de la nota presentada por la Dra. Falótico.
A fojas 8 del expediente 29/039/3/86/2014, la Dra. Falótico dirige nota con fecha 21 de julio de 2014 a la Administradora del Hospital de Dolores, comunicando su abstención de participar en la licitación por compras de traslados especializados por estar involucrada con la empresa EMS.
A fojas 9 del expediente 29/039/3/86/2014, la Dra. Falótico dirige nota con fecha 20 de setiembre de 2014 a la Dirección Regional, Dra. Graciela García, para plantear que por tener vínculo societario con la empresa EMS, solicita no participar en ningún procedimiento que tenga relación con dicha empresa, y pide se resuelva o designe la persona que actuaría como ordenador de esos actos. Con fecha 21 de julio de 2014 adjunto al expediente a fojas 10, se presenta nota de la firma Jorge Charlo renunciando al servicio de traslados especializados.
La Administradora del Hospital de Dolores, Dorys Acosta, solicita por notas del 21 de julio de 2014, a CAMS y EMS cotización para traslados especializados, para compra directa hasta tanto se efectúe el llamado a licitación- fojas 12 y 13 del expediente referido-. Las cotizaciones de ambas empresas difieren en $ 1 el precio por Kilómetro, siendo más barata EMS (fojas 14 y 15) y por ofertar CAMS un precio por tiempo de espera que EMS no cotiza.
La Comisión de adjudicación se integra por Dorys Acosta, en su calidad de Administradora del Hospital, el Cr. Milton Malacria, en su calidad de Gerente Financiero y Walter Gadea perteneciente a la oficina de compras del Hospital. Esta comisión resuelve el, 21 de julio de 2014, adjudicar a EMS en virtud de poseer una antigüedad de trece años en la prestación de servicios al Hospital, sin perjuicio de que también se basó en la calidad y el precio (fojas 18).
Informe de fecha 13 de enero de 2015 la División Jurídica expresa que: “…jurídicamente no sería procedente contratar baja ninguna modalidad-licitación pública, abreviada, compra directa- a la empresa EMS para prestar servicios en el Hospital de Dolores, atento a que la Directora de dicho Hospital de Dolores tendría vinculación societaria con la misma, siendo clara la normativa citada en cuanto a la incompatibilidad…”. Agrega el informe advirtiendo sobre la contratación de EMS por compra directa para traslados especializados: “…sin perjuicio de que la Directora se excuse de intervenir en el procedimiento, el mismo habría sido realizado por funcionarios dependientes de la Dirección persistiendo por tanto el conflicto de intereses…”.
El 9 de abril de 2015 toma conocimiento la Directora Regional, Dra. García, del informe de Jurídica de ASSE y establece que, de acuerdo con el artículo 46 del TOCAF, el procedimiento de contratación de EMS queda sin efecto.
b) Asuntos varios
Obra de techos y electricidad después del tornado.
Consultado sobre el tema, el Cr. Milton Malacria en sesión del 19 de marzo de 2018 afirma que el hospital sufrió grandes daños ocasionados por el tornado y que se tuvo que hacer frente a los arreglos de los techos y la parte eléctrica del mismo. En ambos casos se adjudica por compra directa por excepción, dada la urgencia, y se llama a cotización a empresas proveedoras para presentar ofertas y junto con la División de Arquitectura de ASSE se establece el proveedor más conveniente. Según la opinión del contador fue muy clara la contratación de la empresa Duval que fue la que realizó los arreglos de las cubiertas de techos del hospital, pero quizás no fue tan clara la de la parte eléctrica. En este caso se adjudicó a la empresa notoriamente más cara, desestimándose en su momento las otras ofertas, por considerarse que no tenían experiencia en trabajos en ASSE y la empresa adjudicataria es de Montevideo supuestamente por ser la única que tenía experiencia en trabajos en ASSE. Sin embargo, afirma que era de imperiosa necesidad arreglar la parte eléctrica del Hospital de Dolores incluso antes del tornado y que llamó la atención que a la empresa que con anterioridad iba a realizar el trabajo –que era del lugar– en esta instancia se la desestimara por no tener la experiencia necesaria.
CAPITULO 3- ALGUNAS PRECISIONES GENERALES DE ASSE
A lo largo del documento hemos expuesto algunas consideraciones respecto de los distintos temas, sin embargo entendemos necesario realizar algunas puntualizaciones a modo de conclusiones del trabajo de la Comisión Investigadora.
En primer lugar, observaciones del Tribunal de Cuentas dan cuenta de irregularidades en el incumplimiento del TOCAF y de la constitución. Las irregularidades en relación a la normativa de contrataciones- TOCAF- pasan por incumplimientos del artículo 33, del artículo 50 y una mención especial merece los incumplimientos del artículo 46.
Los incumplimientos vinculados al artículo 46 del TOCAF (normativa tendiente a evitar la conjunción del interés público-privado) es tan seria en ASSE que se repite en las distintas Unidades Ejecutoras, incluso hasta la actualidad. Cabe, subrayar además, un aspecto que consideramos muy importante y es que muchos de los testimonios brindados en la Comisión Investigadora dicen desconocer el alcance de la referida norma.
En segundo lugar, y no menos importante, una referencia a las auditorías internas de ASSE. Las auditorías de gestión son una herramienta muy valiosa, tienen como fin evaluar el grado de eficiencia y eficacia con que se manejan los recursos disponibles y se logran los objetivos previstos por la organización. Sin embargo, en el caso de ASSE, con resultados alarmantes, las autoridades ignoraron sus recomendaciones en algunos casos, en otros los informes son desconocidos para quienes fueron objeto de la auditoría, y en otros (esto es muestra de la importancia que se dio por parte de las autoridades a sus resultados), no se investigaron los hechos denunciados en las mismas.
El desconocimiento de las funciones a nivel de los Directores Regionales en cuanto al control de los aspectos financieros quedó demostrado en distintos invitados a la Comisión que revisten la función. De acuerdo con la Resolución de Gerencia General No. 2094/13 que establece las tareas del Director Regional, el punto 6 expresa:
“Supervisar el nivel del gasto aprobado anualmente para cada unidad ejecutora y definir en acuerdo con el Equipo de Gestión regional las modificaciones necesarias para el cumplimiento del Plan de Gestión dentro del presupuesto Regional asignado”.
Otro aspecto a considerar en la evaluación de la gestión de ASSE, es el incumplimiento de contrato por parte de un proveedor, el cual debería considerarse un demérito a la hora de realizar nuevas contrataciones, y sin embargo ASSE no lo considera en esta forma y por tanto reitera las contrataciones en la misma u otra Unidad Ejecutora.
Las autoridades de ASSE han utilizado distinta vara en oportunidad de sancionar jerarquías involucradas en hechos de conjunción del interés público-privado, manteniendo a los jerarcas involucrados en los hechos, en sus cargos o incluso ascendiéndolos.
Tampoco, se observa por parte de las Autoridades interés exigir el cumplimiento de la normativa de contrataciones, hay unidades ejecutoras con más del 90% de los gastos observados por el Tribunal de Cuentas.
Un aspecto también muy importante que debemos mencionar son las debilidades en los controles respecto de la Ley de tercerizaciones Nº 18.251, lo cual es un claro perjuicio para el Estado.
Las irregularidades cometidas en ASSE llevaron al cambio de la totalidad del Directorio y del Gerente General de Organismo, pero es importante subrayar que aún hay jerarcas directamente involucrados con la gestión que estuvieron siempre en conocimiento de las irregularidades y permanecen en sus cargos.
Por otra parte, y relacionado con algunas de las irregularidades presentadas, precisar que ASSE tiene un gran pendiente, que es muy serio y que se relaciona con falta de Recursos Humanos en distintas unidades ejecutoras, problemática que no ha resuelto en tantos años de gobierno del Frente Amplio.
Finalmente, precisar que la Comisión funcionó durante un año, con sesiones semanales, pero que el plazo no fue suficiente, por la diversidad de temas a analizar, por los testimonios que fue necesario recibir debido a la gravedad de los hechos.
Lamentamos las unidades y temas que no se pudieron investigar. No fueron caprichosamente incluidos, merecían ser investigados y así lo demuestra el resumen presentado en este documento en relación a los mismos.
También señalar que hay involucrados con funciones jerárquicas, con cargos de confianza, se negaron a asistir a la Comisión Investigadora, afectando el trabajo de análisis, lo que impidió profundizar en algunos temas.
Señalar también que existió documentación solicitada que no se recibió, alguna información que se recibió ilegible, y otra que se recibió muy tarde a los efectos del análisis que correspondía.
Concluimos que el porcentaje de unidades ejecutoras a estudio de la Comisión es menor en relación al total de unidades de ASSE, y que así como pasó con las auditorías internas y externas que no abarcaron la totalidad del Organismo, corresponde manifestar preocupación por el uso de los recursos públicos en la totalidad de ASSE.
Sala de la Comisión, 27 de agosto de 2018.
MARTÍN LEMA (PN)
Miembro Informante
RICHARD CHARAMELO (PN)
OPE PASQUET IRIBARNE (PC)
DANIEL RADÍO (PI)
Fotografía: Cámara de Diputados