14 de August del 2018 a las 00:31 -
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“Sr. Intendente: ¿Tengo que ir de nuevo a la justicia?”
Preguntó  el edil Carlos Susaye  (FA) ante  la  falta  de respuesta  a varios pedidos de informes  realizados.

En la noche de hoy quiero hacer pública una decisión que hemos tomado junto al equipo de técnicos que nos han acompañado desde que asumimos la responsabilidad.

Ante la ausencia de respuestas a los pedidos de Informes y las reiteraciones realizadas por este cuerpo (que algunos ediles del oficialismo no votan), nos acogimos a lo establecido en la Ley N° 18.381 “Ley sobre el derecho de acceso a la Información Pública”.

Me pregunto, Sr. Presidente:

-              ¿Por qué el Intendente Agustín Bascou teme contestar mis pedidos de informes? ¿Es consciente de que existen irregularidades en los temas?

-              La función del edil, de controlar el patrimonio de todos los Sorianenses, su correcta administración, el cumplimiento de la norma y los procesos, ¿Se ve vulnerado ante este tipo de actitudes?

-              ¿Cómo podemos controlar al ejecutivo, si es el mismo ejecutivo el que no brinda información?

-              ¿Qué concepto de democracia tiene el Sr. Intendente al desconocer la solicitud de información de este cuerpo?

-              ¿Qué tipo de administración escode datos y se niega a contribuir a la transparencia?

Las faltas de respuestas se concentran en cuatro temas:

 

1) Suministro de Combustible de la IDS

En el mismo se establecen los detalles de las compras directas e indirectas realizadas en mayo del 2014.

Realizado: 16 de abril de 2018

Reiterado por la JDS: 11 de junio de 2018

2) Empresa Clota´s

Situación contractual  y costos del servicio.

Realizado: 9 de abril de 2018 - La Intendencia sólo expide información sumamente insuficiente, en algunos puntos.

Reiterado por la JDS: 6 de junio de 2018

3) Padrón de Dolores.

En Dolores existe un padrón de dudosa situación que compromete la gestión.

Realizado: 11 de junio de 2018

4) Contratación de Funcionarios.

Existencia de relación de parentesco con autoridades e incumplimientos de cuotas establecidas en leyes Nacionales.

Realizado: 18 de junio de 2018

 

¿Qué hacemos ahora sin información? ¿Cómo actuamos?

Según el art. 18 de la Ley N° 18.381 “(Silencio positivo).- El organismo requerido sólo podrá negar la expedición de la información solicitada mediante resolución motivada del jerarca del organismo que señale su carácter reservado o confidencial, indicando las disposiciones legales en que se funde.” No hemos recibido ningún tipo de respuesta ni a favor ni en contra del acceso a la información. Continúa: “Vencido el plazo de veinte días hábiles desde la presentación de la solicitud, si no ha mediado prórroga o vencida la misma sin que exista resolución expresa notificada al interesado, éste podrá acceder a la información respectiva, considerándose falta grave la negativa de cualquier funcionario a proveérsela, de conformidad con las previsiones de la Ley Nº 17.060, de 23 de diciembre de 1998, y del artículo 31 de la presente ley.” Es decir Señor Presidente, que mañana mismo estaremos presente en la Intendencia a solicitar la información correspondiente a cada uno de los jerarcas, y si éstos la negaran, estarían cometiendo falta grave según la presente ley.

Si mañana fracaso, y agotados todos los caminos, me presentaré ante la justicia para acceder a la información que es mi derecho.

¿Es en serio Sr. Intendente que tengo que ir de nuevo a la justicia? Se le está haciendo costumbre.

Por otra parte, estamos presentando otros 2 pedido de informe sobre el suministro de combustible en el 2014  y situación de viviendas en Palmar, los cuales estoy adjuntando.

Una lista de planteos e inquietudes que siempre hacemos llegar  al cuerpo:

-              Control de tránsito en el barrio Artigas.

-              Mantenimiento de oficinas Públicas.

 

(2205)


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