En el Juzgado Letrado de Primer Turno de Mercedes, a cargo de la Dra. Vivianna Barlocco, con la presencia de la Fiscal Departamental de Primer Turno Dra. Adriana Sampayo, la
Adjunta Dra. Stella Alciaturi, la Defensa del indagado por parte de la Dra. Priscila Zuchetti, se llevaron a cabo las dos audiencias relacionadas con las rapiñas ocurridas en almacén y kiosco de Mercedes en los últimos días.
Iniciada la audiencia del joven de 18 años, de iniciales E.J.R.M., quien consultado sobre detalles de la detención dijo que había sido el viernes a las 17.30 en su domicilio y que llevado por Investigaciones había recibido un buen trato, a quien se le imputaba la autoría de los dos hechos, la Dra. Barlocco dio la palabra a la Fiscal Dra. Sampayo quien relató
los hechos.
Dijo que se pretendía formalizar el caso contra este joven por dos delitos de rapiña especialmente agravada, en relación a que el día 20 de febrero alrededor de las 20.00 horas ingresó al almacén sito en 18 de Julio 71, acompañado de un adolescente, portando aquel un arma de fuego con el que apuntó al dueño del comercio, mientras que el adolescente se hacía del dinero de la caja registradora, retirándose ambos
con entre $ 3.000 y 4.000.
A su vez el día 22 de febrero, próximo a las 16.00 horas, E.J.R.M. nuevamente junto al adolescente, ingresaron portando casco portector al kiosco de Artigas 70, allí el joven
apuntaba a la empleada con el arma de fuego y el adolescente le pedía la plata a la muchacha, retirándose ambos en el momento en que ingresaban dos clientes, llevándose unos $ 3.000.
Para solicitar la formalización la Dra. Sampayo agregó que se realizó allanamiento en la casa del joven de 18 años, donde se encontró el casco, la moto, bermudas, calzado, utilizados para el segundo hecho, además de la declaración de cuatro testigos, video de la zona del segundo hecho, la declaración del indagado.
Con todo lo aportado pidió la formalización, a lo que la Defensa, consultada por la magistrada, no se opuso, informando que tuvo acceso a la carpeta y que estaba en
conocimiento de los hechos por haber dialogado con su defendido, por lo que no plantearía observaciones, tras lo cual la Dra. Barlocco procedió a formalizar.
Previo a la acusación la Fiscalía solicitó conocer el certificado de antecedentes del imputado para confirmar si se trataba de primario absoluto, lo que fue comprobado.
Seguidamente la Dra. Sampayo procedió a acusar a E.J.R.M. como autor responsable de dos delitos de rapiña especialmente agravada. A la hora de fundar ello, dijo que el joven aceptó lo hechos, y el proceso, se contó con las declaraciones del dueño del almacén, de la empleada del kiosco (ambas víctimas), de los dos testigos que ingresaban al kiosco
cuando los rapiñeros salían, además de las declaraciones de los dos imputados, fotos del allanamiento.
Para solicitar la pena y teniendo en cuenta que se llegó a un acuerdo para ir por el proceso abreviado lo que reduce la misma, consideró como agravantes el uso de arma, la
pluriparticipación, y la participación de un menor de edad, mientras que como atenuantes la colaboración, la primariedad. En base a ello, solicitó 4 años de penitenciaría, a cumplir
de la siguiente manera: 2 años de cumplimiento efectivo, los otros 2 años con libertad vigilada intensiva, con seguimiento por parte de la OSLA, con tratamiento en lugar especializado contra adicciones, sin poder salir de su domicilio en el horario de 22.00 a 6.00 y debiendo cursar estudios en Secundaria, el incumplimiento de cualquiera de estas
condiciones, determinaría su regreso a la cárcel.
La Defensa dijo que mantuvo entrevista personal con su defendido, que éste reconoció los hecho, por lo que se aviene a la acusación y el propio acusado dijo que estaba de acuerdo
con el proceso y que reconocía los hechos.
Ante todo ello, la Dra. Barlocco, acogió el petitorio de la Fiscalía y condenó a E.J.R.M. de 18 años, a la pena antes mencionada con las condiciones allí establecidas.
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Posteriormente se desarrolló la audiencia del adolescente de 15 años, que debido al art. 97 del Código de la Niñez y la Adolescencia, a pesar que el nuevo Código del Proceso Penal indica que la audiencias serán públicas, aquel determina que en el caso de niños y adolescentes, la reserva del proceso será total, por lo que tanto la Jueza como la Fiscal
determinaron que la audiencia no fuera pública.
De todas maneras y debido a que el nuevo CPP no permite el acuerdo por el proceso abreviado para los adolescentes, por lo que se formalizó, solicitándose medidas cautelares de 90 días de internación en INISA por la comisión de dos infracciones gravísimas previstas por la Ley Penal como delito de rapiña. Probablemente en los próximos días se
realice la audiencia en la cual se establezca la pena deberá cumplir este adolescente en el INISA y que seguramente será algo superior a un año.
liviana la Sra. Justicia......2 años de prision efectiva y 2 en casa.