En nota aparte, días atrás dábamos cuenta de la resolución administrativa de la Administración de Servicios de Salud del Estado (ASSE) referidas a las situaciones sobre la presunta conjunción del interés público y privado, puestas en relieves por las contrataciones irregulares en ASSE, donde un director de hospital contrató servicios a empresas de la que eran dueños.
Concretamente, la contratación del Hospital de Dolores a la empresa emergencia médica para que se encargara del traslado de pacientes, cuyos propietarios eran la directora y su esposo, fue denunciada a la Justicia Penal por el edil nacionalista Heber Scirgalea, para que se investigue una presunta conjunción del interés personal y del público.
El directorio de ASSE resolvió a finales de agosto suspender la directora del nosocomio, al igual que a su esposo, por 91 días con retención de haberes luego de que un sumario determinara que había cometido "una falta grave". en la oportunidad un contador involucrado, tambien fue sancionado.
Tras conocida la resolución de ASSE, el edil en cuestión, señaló que “lo único que deja establecido esta resolución que se está tomando es que lo que la documentación que presente ante la Justicia para su estudio porque yo en realidad no acusó a nadie vuelvo a reiterarlo”.
Scirgalea añadió “presenté la documentación de ASSE al respecto, es que no me equivocaba y por algo se están saliendo las resoluciones, de la conjunción del interés público con el privado”.
“Lo qué se refiere a la falta grave los días interpuesto a los involucrados, eso sí es falta grave no sé cómo se evalúa los tiempos de las sanciones a determinar no” sostuvo.
“Lo que sí hago hincapié, es en las fechas que está establecida la resolución, la denuncia en Dolores la presento el 2 de junio, se ve que en la resolución ahí se ve el 14 de julio del 2016, ya habían presentado los descargos de los involucrados y la comisión investigadora del parlamento se conforma en el mes de julio, o sea que la resolución con fecha está de 23 de agosto.
“Entiendo también que fue una resolución tardía, con respecto a los plazos que tendrían que haberse manejado en el expediente que origina los obrados eso lo entiendo así, puede ser qué esté equivocado, pero consideró que falta grave ameritaría resoluciones drásticas y más teniendo en cuenta lo que es la conjunción del interés en público con el privado se considera un delito que incluso está en el artículo 161 del código procesal penal” enfatizó el edil.
“Lo demás sigue en la Justicia, esto es una determinación de ASSE, lo demás está en la Justicia esperemos los tiempos que se manejen en los Juzgados correspondientes, estamos a la espera de eso y vamos a ver que resuelve la Justicia, sobre la documentación que presento para estudio de la misma, opinó.
“Eso sí, acá hay que dejar en claro también, que hay otras responsabilidades que no se tenido en cuenta por parte de ASSE, las responsabilidades jerárquicas, que hasta la fecha no, no se hablan, apuntó.
Puntualizó que “acá hay gente que sabía de la situación, jerarquías de ASSE que sabían de la situación y permitieron que esto se llevará adelante igual, entonces entiendo que las responsabilidades jerárquicas existen y por lo tanto ASSE con esto, solamente pone un paño de agua fría a la situación” concluyó Scirgalea.