De acuerdo a lo que publicó en las últimas horas en el Diario Oficial, ASSE en su resolución 3882/017 sancionó a dos médicos y un contador, por haber "sido individualizados prima facie como responsables de falta administrativa al culminar la investigación administrativa realizada en virtud de la auditoría realizada en la UE 039 Hospital de Dolores".
Que de la citada auditoría "se advirtió indicios de conflicto de intereses en la contratación de la empresa EMS para traslados especializados, detectando que la entonces Directora Dra. Ana Falótico era también Directora y co-propietaria de la Empresa EMS y firmó varios lotes que incluían gastos de contratación de la citada empresa".
Asimismo da cuenta que los funcionarios presentaron descargos el 14 de julio 2016, habiéndose valorado la prueba documental ofrecida por el Cr. Malacria y Sra. Acosta, como la testimonial ofrecida por el Dr. Graña y la Dra. Falótico, se dictó resolución admitiendo el diligenciamiento de prueba ofrecido por considerarse que su ofrecimiento era pertinente y conducente para el esclarecimiento de los hechos.
La resolución considera que "surge probado que la Dra. Falótico es responsable de falta administrativa grave por violación al deber de lealtad y probidad, al existir una conjunción entre el interés público y el privado ya que siendo copropietaria de la empresa EMS Ltda. contrató servicios con ASSE mientras cumplía funciones como Directora del Hospital de Dolores, en su calidad de ordenadora de gastos y pagos violentándose las disposiciones.
Que en lo que respecta al Cr. Malacria y a la Sra. Acosta, ambos participaron de los procedimientos de contratación formando parte de la Comisión Asesora en forma previa a la adjudicación y en la adjudicación propiamente dicha, teniendo pleno conocimiento de la incompatibilidad existente, lo que consta en acta, debiendo rechazar la oferta prsentada por la empresa EMS en razón de la existencia de conflicto entre el interés público y privado".
Considera que el Cr. Malacria en su calidad de Gerente Financiero y la Sra. Acosta en su calidad de Administradora, "actuaron en forma negligente, imprudente, violando el deber de eficiencia".
Asimismo expresa la resolución que el Dr. Graña, "es casado con la Dra. Falótico, y en su calidad de Director de EMS presentó cotización de precios, violando de esta forma las disposiciones, calificando su conducta como falta administrativa grave".
Aplicó 20 días de suspensión y retención total de haberes para el Cr. Malacria y 91 días de suspensión y retención total de haberes para los Dres. Falótico y Graña.
A continuación ofrecemos la resolución firmada por la Presidenta de ASSE, Dra. Susana Muñiz.
Sancionar? No aqui deben haber procesamientos por enriquecimiento ílicito, esto va todo de la mano como Sendic. Hacian negocios para beneficio propio.