El Banco de Previsión Social informa que en cumplimiento de lo establecido en el Decreto 239/2015, se inició el proceso tendiente a que los niños, niñas y adolescentes retomen sus estudios.
Realizado el cruce de información con la enseñanza pública y privada, formal y no formal, de todo el país, y la participación del Sistema Integral de Información de Asistencia Social (SIIAS), resultó que 14.235 beneficiarios de entre 5 y 17 años no están registrados.
A partir del lunes 3 de julio los responsables de los beneficiarios podrán consultar en esta página web, por teléfono al 1997, o en todas las sucursales y agencias del BPS, si los menores a su cargo están comprendidos.
En caso de no encontrarse en la nómina, no deberá realizar ningún trámite.
En el caso de estar incluido entre los no registrados en Centros de Enseñanza, deberá presentar en las oficinas del BPS el certificado que compruebe estar inscripto en algún Instituto Público o Privado de enseñanza: Primaria, Secundaria y CETP (ex UTU) o en Instituciones de Educación No Formal.
De no comprobarse la correspondiente inscripción antes del 31 de julio, se suspenderá el pago de las Asignaciones Familiares a partir del mes de cobro setiembre 2017. De presentar la constancia con posterioridad al 31 de julio, se rehabilitará el beneficio de forma inmediata.
También se destaca que se continuará recibiendo información directa de los centros de enseñanza y del MIDES, quienes desplegarán actividades y visitas en procura del retorno de estos beneficiarios al sistema educativo.
Este año, como en ocasiones anteriores, poco más de un tercio de los beneficiarios tienen edad de concurrencia a enseñanza primaria y casi dos tercios tiene edad de concurrencia a estudios de nivel medio, asimismo la mitad de las situaciones se concentra en las edades de 15 a 17 años.
Por otra parte estos beneficiarios representan el 4% de los beneficiarios totales de entre 5 y 17 años que son unos 343.000.
Los 14.235 beneficiarios integran unos 13.000 hogares de los cuales 40% dejarían de percibir totalmente el beneficio en caso de suspensión, en tanto que el restante 60% continuaría cobrando, ya que incluye a otros beneficiarios que están en situación regular; ese porcentaje baja a 27% en el caso de los hogares que cobran asignaciones familiares por Ley 18.227.