A partir del 1 de enero de 2013 el Salario Mínimo Nacional es de $ 7.920 mensuales. Así lo establece el Decreto firmado este 8 de enero por el Presidente Mujica, determinando además que la remuneración mínima diaria sea de $ 316,8 y la remuneración mínima por hora sea de $ 39,6. Esto implica un incremento del 10% respecto al monto anterior.
El Decreto comenzó a regir con fecha 1º de enero de 2013. El nuevo valor surge de la consulta realizada con los actores sociales en el Consejo Superior Tripartito durante 2010, donde se formuló el plan de incrementos para el trienio 2011-2013. Para definir el jornal diario se divide el importe total entre 25 (de lo que resulta el monto de $316,80) y entre 200 para determinar el salario por hora (de lo que resulta el monto de $39,6).