Era una de las dificultades que como anunciara @gesor en anterior mano a mano a con la Dra. Pura Book, donde la magistrada que falló amparando el reclamo del padre de un bebé en gestación, para que la mamá, no pudiera acceder a interrumpir el embarazo comoella misma le había indicado es su intención a quienes reconoce como el padre de la criatura, tras una relación de seis meses que ya no existe. En aquella ocasión la Dra. Book señaló a @gesor, que la fecha del cumplimiento de las 12 semanas de embarazo es el 3 de marzo, por lo cual no existía tiempo material para que el Tribunal de Apelaciones s expidiera dentro de ese lapso, salvo que el Dr. Federico Arregui abogado del padre de la criatura accediera a adelantar sus descargos para hoy miércoles en lugar del viernes que es cuando vencen los tres días en que dispone, cosa que se entiende poco probable porque iría en contra de los intereses de su propio cliente. Mientras tanto el Dr. Daniel Benavídez, consultado por @gesor en esa misma jornada, confirmó que la Dra. Book manejaba esa fecha del 3 de marzo como la del cumplimiento de las 12 semanas, plazo límite que establece la ley para la interrupción del embarazo, pero que él, manejaba otra fecha y que si bien no quiso darla a conocer en ese momento, posteriormente pudo saber @gesor que se trata del 10 de marzo.
Teniendo en cuenta esta diferencia, este miércoles en la mañana temprano, @gesor visitó a la Dra. Pura Book en su despacho, donde se encontraba con una actuaria y otros dos funcionarios, quien gentilmente se prestó a responder a @gesor puntualmente el tema del tiempo de gestación que inicialmente ella manejó del 3 de enero para cumplirse las 12 semanas. "Usted sabe que a nivel de los médicos se establece una determinada fecha y allí se señana que puede ser más - menos tantos días de la posible fecha de embarazo". Le indicamos que el Dr. Benavídez maneja la fecha del 10 de marzo, "si es así no tengo inconvenientes en avenirme a ella, es un tema médico y ese margen de más o menos días que se establece habitualmente, es lo que debe contemplarse". La Dra. Book dejó en claro que allí en su sede se han cumplido los plazos tal cual corresponden, que se espera el escrito del Dr. Arregui con los descargos y luego enviar todo de inmediato al Tribunal de Apelaciones, que dispondría desde el lunes 6 al jueves 9 (cuatro días) para emitir su fallo, y de cumplirse los plazos en su totalidad, el plazo es muy ajustado pero dentro de la ley para que eventualmente, si existe un cambio en el fallo y la mujer pueda acceder a practicar la interrupción del embarazo.
Paralelamente la Dra. Book sobre la diferencia existente y que fue en uno de los argumentos que se basó para amparar el reclamo presentado, es que la mujer no cumplió con los requisitos que establece la ley, y puntualmente se refiere al caso de la notificación que debe realizar al médico tratante sobre su interés en utilizar el mecanismo que prevé la ley para interrumpir el embarazo. Por un lado el Dr. Benavidez, abogado de la mujer dijo que se presentó prueba de que sí efectivamente se cumplió con todo y la magistrada sigue manteniendo que por su sede durante la audiencia y a posterior, nunca tuvo en su poder las pruebas por escrito de esa notificación que la mujer dice haberle realizado verbalmente al médico, pero no hubo un formulario que lo acreditara y que ello ha permanecido así hasta ahora.
En las últimas horas surgió otra versión, que en los hechos se conocía pero no había sido puesta como argumento por parte de la madre, y es las dificultades que tuvo con el primer embarazo, tanto ella como el hijo que hoy tiene cinco años y que ello también juega en la decisión que adoptó la mujer para evitar correr riesgo. Esto sería presentado en las próximas horas como un elemento más.