25 de February del 2017 a las 18:13 -
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Rechazo ante decisión judicial de impedir derecho a interrumpir embarazo
Un grupo de organizaciones sociales rechazaron la decisión de la Jueza Pura Book, emitiendo un comunicado afimando:

(Comunicado)

Rechazo ante decisión judicial de impedir derecho a interrumpir embarazo

Las organizaciones firmantes expresamos nuestro completo rechazo ante la decisión de la jueza Pura Concepción Book de impedir el derecho de una mujer de transitar libremente el proceso de Interrupción Voluntaria del Embarazo, derecho amparado en la Ley 18.987.

• En nuestro país y en la normativa internacional no hay una sola disposición que refiera al derecho del no nacido como sujeto de derecho.

• Si el embrión no es persona no es posible que se le nombre un “Defensor de oficio”.

• El genitor no tiene ningún derecho en esta situación y por tanto carece de legitimación procesal para solicitar amparo. El concebido no ha nacido viable y vivido 24 horas naturales, por lo que no es persona ni su progenitor ejerce la patria potestad todavía.

• La Ley 18.987 garantiza el derecho de las mujeres a decidir con autonomía, el único consentimiento que la ley exige es de la mujer.

• La resolución judicial es claramente errónea y arbitraria en su interpretación de los derechos humanos, en tanto universales, indivisibles e interdependientes.

• Es una decisión claramente permeada por concepciones personalísimas sobre el embarazo y las obligaciones de las mujeres, lo cual la convierte en una objeción de conciencia, prohibida a los Magistrados judiciales y fiscales.

• Todo obstáculo que se le ponga a las mujeres en su derecho a interrumpir el embarazo en las condiciones legalmente previstas, es una violación de sus derechos, de la que el Estado es responsable.

Además de lo planteado, el proceso judicial no se llevó a cabo conforme lo establecido. Si el actor plantea la inconstitucionalidad de la Ley 18.987, debería entenderse que tiene que ir a la Suprema Corte de Justicia previamente. Al plantearse de oficio o como excepción rige la regla que está en el art.12 inc.2, y si se dicta sentencia es nula.

Exigimos una rápida decisión del tribunal que anule la decisión de la jueza y que el Estado garantice que la mujer acceda inmediatamente a la Interrupción Voluntaria del Embarazo que había solicitado en su pleno derecho y cuyo proceso ya estaba en curso conforme con los requisitos establecidos.

Firman:

CLADEM

Cotidiano Mujer

Federación de Estudiantes Universitarios Uruguay

Mujeres en el Horno

Mizangas

Mulitmostro Colectivo

MYSU

Ovejas Negras

Red Canarias en Movimiento

Proderechos

RUJAP

CIEDUR

Radio Vilardevoz

Información adicional

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COMENTARIOS
Enviado por: ZOILO VIERA

en todos los medios hasta pagando espacio, me opuse a esta ley asesina. chau. viva la vida el fete es persona y punto.


Enviado por: Mariana

Felicitaciones a la jueza!! Es un ejemplo a seguir!! Esa ley nunca debió existir. Esta mal redactada. Desde la concepción el ser que se esta formando esta vivo,siente y sufre como cualquier otro ser humano. Como van a decir que no es sujeto de derecho?? Es un ser indefenso y vulnerable al que debesos cuidar y respetar. Y se debería continuar fomentando la responsabilidad a la hora de procrear habiendo sobrados métodos anticonceptivos no los aprovechan!! El ser que se esta formando no tiene la culpa de eso. Piénselo bien lo que están diciendo.


Enviado por: Hector Cairús

No nos puede asombrar esta forma de actuar de la jueza cuando tenemos en Uruguay mas de 7000 personas presas sin condena y sin la sociedad conocer si son culpables o inocentes porque a raiz de los atrasos provocados por reclamos economicos de los judiciales no han sido juzgados.¿ A cuantas mujeres vemos llegar a Mercedes de otros lados embarazadas e irse sin el embarazo ? ¿Hacen objecion de conciencia solo para abortos legales? Esperemos que estas organizaciones no se tomen vacaciones de carnaval y vallan a una guerra de cuatro dias para conseguir que la Ley se cumpla y este aborto se haga.


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