20 de December del 2016 a las 18:55 -
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Trabajadores de supermercados levantarán el conflicto si sacan la cláusula de paz
El sindicato de trabajadores de supermercados aceptó el convenio laboral propuesto pero pretende que se quite la cláusula de paz interpuesta por la patronal.

Los trabajadores nucleados en Fuecys resolvieron en la asamblea realizada este martes en Montevideo aceptar el convenio, por lo que podrían suspenderse las movilizaciones previstas, entre las que estaban el trancazo de los supermercados en varios puntos del país previo a Navidad.
La cláusula de paz interpuesta por la patronal establece que las “organizaciones sindicales se abstendrán de adoptar medidas de fuerza antes el 1 de marzo de 2017 (sin perjuicio de seguir siempre, esto es, antes y después del 1/3/2017, el procedimiento allí previsto: 1° ámbito bipartito, 2° DINATRA Y 3° CS)”.
Si es retirada la cláusula de paz el sindicato de supermercados estaría dispuesto a firmar el acuerdo. De no ser así el conflicto se mantendría.
El convenio salarial para ese sector es el siguiente:

Montevideo, 8 de diciembre 2016.

Propuesta de acercamiento para grupo 10, subgrupo N°18 “Supermercados”.


• Duración del acuerdo: 2 años (1/7/16 al 30/6/18).
• Ajustes semestrales nominales. El total anual de los ajustes nominales en cada año del acuerdo, será de 8,5%.
• Los porcentajes adicionales correspondientes a los salarios sumergidos, según lineamientos, se otorgarán en forma anual en julio/16 y julio/17.
• Segunda categoría: en julio/17 recibirá 2% adicional.
• Tercera categoría: en julio/17 recibirá 1% adicional.
• Los ajustes son iguales para los salarios mínimos y los sobrelaudos.
• Descripción de los ajustes.
I) 1/7/16: 5% general para todos los trabajadores (mayoritariamente ya fue adelantado)
Salarios que al 30/6/16 se ubiquen entre $14.701 y $17.100: 2,5%.
• II) 1/1/17: 3,5% general para todos los trabajadores.
• III) 1/7/17.
Todos los trabajadores recibirán 4,25% por concepto de ajuste nominal.
Salarios que al 30/6/16 se ubiquen entre $14.701 y $17.100: 2,5%.
La segunda categoría recibirá un ajuste de 2% adicional.
La tercera categoría recibirá 1% adicional.
• IV) 1/1/18.
Todos los trabajadores recibirán 4,25% por concepto de ajuste nominal.
• Correctivo por IPC, según flexibilización de lineamientos.
• Pasaje de categorías: la primera categoría tendrá una duración máxima de 10 meses (250 jornales), con excepción de la categoría “Cajero Aprendiz”, cuya duración será de 6 meses (150 jornales).
• Se incluirá la incidencia del salario vacacional en el cálculo del aguinaldo.
• Quebranto de caja: asciende a $1000.
• Antigûedad: Se mantienen las condiciones pero se modifican los montos.
1/7/16 al 30/6/17: $220
1/7/17 al 30/6/18: $240.
La retroactividad generada por este rubro podrá pagarse hasta en dos cuotas en los meses de enero y febrero. Aquellos montos que no superen los $1920, se pagarán en una sola cuota en el mes de enero.
• Se mantienen beneficios anteriores (incluidos Presentismo y Premio Fiestas Tradicionales).
• Licencia especial para padres con hijos menores a cargo según siguiente esquema:
a) Por internación del menor: Hasta 3 días.
b) Para tratamientos de hijos con discapacidad, enfermedades oncológicas o HIV: 5 días.
En ambos casos se presentará constancia.
c) Licencia especial para víctimas de violencia doméstica: hasta 5 días.
Para acceder a esta licencia el trabajador deberá presentar la constancia policial o judicial correspondiente. La empresa se obliga a guardar absoluta reserva sobre la información.
• Protocolo sobre uso de celulares en el lugar de trabajo.
• Cláusula de salvaguarda: según lineamientos.
• Cláusula de paz.

 

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