Desde la Dirección Nacional de Bomberos (DNB) se recordó que rige desde el 1º de diciembre el Decreto 436/07 que prohíbe el encendido de fuegos al aire libre, y donde se establece, además, algunas excepciones para estos casos, que están reguladas. Esta reglamentación se extiende hasta el mes abril del próximo año.
El decreto marca que, tanto la quema de basura o pastizales, son pasibles de sanciones penales al igual que otras acciones que determinen el inicio de un incendio, ya sea estructural o forestal.
La negligencia o impericia en estos casos están tipificadas por el documento y conllevan penas de prisión. Lanzar colillas de cigarrillos desde los vehículos o transitar por zonas de vegetación espesa, donde el caño de escape puede originar un incendio, están tipificados en este documento.
Hasta la segunda quincena de abril de 2017, está vigente el Edicto del Fuego, que prohíbe encender fuego en espacios al aire libre, a excepción de que sea para cocinar en parrilleros, churrasqueras o similares, para lo que se debe tener determinadas medidas básicas de seguridad, como tener a mano un balde con arena. La normativa rige en todo el territorio nacional de acuerdo al decreto 436/07 “Plan General de Acción para la Prevención, Alerta y Respuesta a los Incendios Forestales”.
El decreto establece una serie de recomendaciones para quien sale de su casa o local durante las vacaciones.
En primer lugar, se exhorta a la población a desconectar todos los aparatos electrónicos, cerrar la llave de paso del gas, sea por cañería o garrafa y en el vehículo, controlar el sistema eléctrico, las posibles pérdidas de combustible y el estado del caño de escape.
Además, se aconseja no arrojar colillas de cigarrillos fuera del vehículo y evitar el transporte de combustibles inflamables, y también poseer siempre un extintor portátil.
Los veraneantes deben evitar la quema de residuos en los domicilios donde pasan las vacaciones, por lo que se aconseja solicitar la colaboración al municipio correspondiente con el objetivo de recolectarlos.
Para los que prefieran acampar, se recomienda conocer las vías de evacuación del camping en caso de incendio, y se solicita evitar la realización de fuegos a una distancia mínima de cinco metros de carpas o vehículos. Como emergencia, se debe contar con un recipiente con agua y al retirarse asegurarse de que el fuego quede totalmente apagado.
En cuanto a la pirotecnia y fuegos artificiales, se extremará la prudencia y el cuidado, quedando restringido en zonas arboladas o con alto riesgo de incendios.
El presencia de fuego debe ser denunciado en forma inmediata al teléfono 104 de Bomberos o el Servicio de Emergencia 911 donde también debe denunciarse a los infractores.