El Edil Marco Morosini del Partido Nacional – Agrupación Lista 200 en la media hora previa de la sesión de la Junta Departaental de este lunes 12 de diciembre realizó la siguiente exposición:
Haciendo uso de la palabra en la hora previa, quisiéramos hacer la siguiente exposición relacionada a proyecto legislativo;
Exposición de motivos:
Vemos con cierta preocupación que en oficinas públicas y en muchos comercios privados, ejemplo supermercados, lugares de cobranza, etc., donde se deben realizar colas de espera para ser atendidos, no es frecuente que sé de prioridad a embarazadas, personas con discapacidades físicas o mayores de edad.
Lamentablemente en la sociedad actual se han producido cambios de valores donde no es poco usual conductas de atención hacia embarazadas, personas con discapacidades para desplazarse y de la tercera edad; como solía verse en otros tiempos, cediendo la posición en las filas de espera para ser atendidos.
Sería un buen ejemplo para que demás organismos estatales adoptaran medidas como la que se va exponer renglones más abajo.
No existe antecedentes de legislación a nivel departamental, solo proyecto en el Poder Legislativo Nacional que no se aprobado, por lo que creemos como muy positivo esta señal como ejemplo ha imitar por otros organismos.
Por lo que exponemos el siguiente proyecto legislativo:
1°.Establecer la obligatoriedad de otorgar prioridad de atención a mujeres embarazadas, a personas con necesidades especiales o movilidad reducida y a personas mayores de setenta (70) años en: I- Todas las dependencias de la Intendencia de Soriano, como en gobiernos municipales y juntas locales.
II- Todo establecimiento privado que brinde atención al público a través de cualquier forma y/o modalidad. (O bien se puede recomendar imitación de esta practica a establecimientos privados que brinden atención al público a través de cualquier forma y/o modalidad).
2°. Que se establezca dentro de los requisitos para habilitación municipal de comercios en el Departamento de Soriano la obligatoriedad del 1º punto.
Se entiende por prioridad de atención la prestada en forma inmediata evitando demoras en el trámite mediante la espera del turno.
3°. Tanto en las dependencias del Gobierno Departamental como en establecimientos se deberá exhibir con carácter obligatorio y a la vista del público carteles con el texto completo que se aprecia en el 1º punto.
4°: El establecimiento privado que incumpla las obligaciones establecidas en la presente ordenanza, ya sea negando atención prioritaria o no exhibiendo el cartel, podrá ser pasible de una multa.
Solicito que lo antes expuesto sea destinado a Comisión de Legislación y Peticiones de esta Junta a efectos de su discusión y posible aplicación.
Ediles
Marco Morosini
Pdo. Nacional – Agrupación Lista 200