El Edil Departamental Lista 22 Partido Nacional, Ing. Agr. Andrés Juri le contesta al edil Raúl Bruno en la siguiente publicación:
"En nota formulada por Agesor el Edil Bruno persiste en el camino de la desinformación, a lo cual ante su total carencia de fundamentos ahora le agrega el agravio personal.
Recordemos que el presente intercambio de opiniones tuvo su inicio en el proyecto de Decreto para la reglamentación de Decks presentado por mí en la Junta Departamental de Soriano.
El Edil Bruno por no estar atento en la Sesión de la Junta y por no leer mi proyecto salió públicamente a manifestar que ya existía un Decreto, algo que a todas luces surge de mi proyecto y que expresé en dicho recinto, lo cual por lo tanto no es nueva dicha circunstancia, salvo para el Edil Bruno que se ve que estaba atento a otras cosas y que habiendo pasado ya varios días tampoco ha terminado de leer el proyecto aludido.
De sus recientes y nuevas declaraciones efectuadas para Agesor el Edil Bruno no logra refutar un solo aspecto del proyecto presentado, no discute propuestas, no aporta las suyas, no intercambia ideas ni opiniones, que hace, apela al agravio personal como único argumento tal como lo ha venido haciendo a lo largo de toda la legislatura.-
Bruno sostiene que el Decreto del año 2006 lo elaboró él, debería poner en su mesa de trabajo ambos proyectos para de esta forma intentar compararlos y darse cuenta en lo posible de la inmensa diferencia de redacción que existe entre ambos.-
En 10 años el Edil Bruno jamás se preocupó por dicha temática, y ningún esfuerzo hizo para lograr su reglamentación.
Al parecer el Edil Bruno tiene una obsesión reprimida por la navegación, ya que a sus siempre muy desajustadas declaraciones se le debe agregar que su “buque” insignia es el agravio, la crítica ligera y sin fundamento, pues, siempre opina sobre trabajos de los demás, nunca efectúa un solo planteo o proyecto, se ha convertido en un “opinólogo” del trabajo de los demás, felizmente me encuentro en una vereda totalmente opuesta a la del Edil Bruno dentro del Partido Nacional.
Ahora bien, como el Edil Bruno no logra refutar mediante el uso de argumentos absolutamente nada del proyecto presentado intenta desviar la atención y para ello acude al agravio, y claramente trasciende límites.
Se nos acusa lisa y llanamente de servirnos de nuestro cargo para el cual fuimos electos para obtener logros personales o para terceros.
Tal afirmación además de ser claramente agraviante a la persona y que podría dar inicio a acciones legales por difamación e injurias contra el mencionado Edil, encuadraría dentro de la figura legal prevista por el art. 161 del Código Penal, es decir, el Edil Bruno nos estaría acusando de incurrir en el delito de Conjunción del interés personal con el interés público.
Invitamos públicamente al Edil Bruno a que se retracte de dichas afirmaciones o que en su defecto de forma inmediata radique la denuncia penal correspondiente ante los estrados judiciales competentes tendiente a acreditar ante la Justicia sus dichos públicamente expresados por intermedio de Agesor."