02 de August del 2016 a las 09:27 -
Tweet about this on TwitterShare on FacebookShare on LinkedInPin on PinterestEmail this to someone
La Presidenta de ASSE trata de evadir la responsabilidad jerárquica
Fue quien designó a la exdirectora del Hospital Mercedes ahora separada del cargo por presunta conjunción del interés público y privado, habiendo una auditoría previa a la designación que lo advertía

La Presidenta de ASSE, Dra. Susana Muñiz estuvo en Dolores para participar de la entrega de mamógrafo al Centro Auxiliar local, Hospital "Alejandro C. Bardier". En la oportunidad se le consultó a la Dra. Muñiz sobre las denuncias de presuntas irregularidades en los Hospitales de Dolores y Mercedes, que han determinado que el Directorio de ASSE que ella preside separara del cargo, en el caso de Dolores a una exDirectora y un médico, ambos funcionarios del Hospital Mercedes por denuncias vinculadas a la conjunción del interés público con el privado en Dolores; y también se separó del cargo de médica de Emergencias en el Hospital Mercedes a la exDirectora -hasta hace muy poco- del Hospítal Mercedes, también investigada por conjunción del interés público y el privado.

La respuesta de la Dra. Muñiz fue “en realidad son denuncias efectuadas en el período anterior”, como queriendo tomar distancia de lo que está investigándose. 

Más adelante señala que la "irregularidad" fue "detectada por el directorio" y "recién ahí se inicia un procedimiento".

En esta nota nos referiremos a lo ocurrido en el Hospital Mercedes y allí hay presuntas repsonsabilidades directas de quien estaba a cargo del centro de salud, pero también las hay de las jerarquías que la pusieron allí a la directora cuando de por medio había una auditoría que establecía que no se estaba cumpliendo la reglamentación referida a la conjunción del interés público y privado.

Con fecha 22 de octubre 2014 el equipo auditor conformado por Carlos Butiérrez y Gonzalo Oxandabarat realiza su informe respecto de la auditoría interna y de gestión, referida al cumplimiento de servicios tercerizados.

En ella hay un capítulo referido a "Otras comprobaciones afines" y hace referencia a una emergencia médica del departamento, allí se establece: "La empresa presta servicios desde octubre de 2013 contratado de forma directa y resuelto por la Dirección de la U.E. siendo observado por el T.C.R. El importe de la contratación a la fecha asciende a $ 3.267.000, correspondientes a atención a domicilio.

Se realizó proceso licitatorio con apertura el 15 de mayo de 2014, no pudiendo adjudicarse por falta de disponibilidad financiera.

Con fecha 29 de setiembre de 2014, la Gerencia Financiera y la Dirección Administrativa por sendas notas dirigidas a la Gerencia Administrativa de ASSE informaron la falta de crédito suficiente para adjudicar la licitación así como las incompatibilidades del ordenador del gasto, solicitando asesoramiento.

Con fecha 10 de octubre de 2014, la Gerencia Administrativa de ASSE comunica telefónicamente a la Gerencia Financiera de la U.E. que debería adjudicarse por los meses de noviembre y diciembre de 2014, a la empresa ... que se haga la afectación y que la resolución será directada por la Dirección Administrativa de ASSE en virtud de las incompatibilidades planteadas con respecto al ordenador del gasto.

Con fecha 10 de octubre la Directora del Centro, ... autorizó el procedimiento, la gerencia financiera realizó la afectación correspondiente y la Dirección Administrativa hizo el proyecto de resolución. Toda la documentación y antecedentes fueron enviados a la Dirección Administrativa de ASSE.

Por otra parte cabe consignar que al haber sido declarado desierto el llamado a licitación por trasladados pediátricos comunes y especializados se contrata a la empresa de forma directa desde el 1 de enero de 2014, habiendo gastado desde la fecha de inicio de la contratación al día 15 de octubre de 2014 $ 3.706.013".

Y de las conclusiones vamos a tomar solamente un párrafo, donde dice: "No se dio cumplimiento a lo establecido a la reglamentación en cuanto a la capacidad de contratación y conjunción del interés público con el privado".

Como publicáramos recientemente la resolución del directorio de ASSE de suspender el cargo con retención de haberes de la Dra. Patricia Laxaga, exDirectora del Hospital Mercedes, a quien se investiga por lo que establece la auditoría, la conjunción del interés público con el privado, porque era directora del Hospital y a la estuvo en el directorio de la empresa de emergencia médica que contrataba el propio hospital y si bien luego habría vendido las acciones, no dejó pasar el tiempo que establecen las normas, para contratar a su exempresa. 

¿Quién designó a la Dra. Laxaga? Primero fue designada sub directora (la directora interina era la Lic. Cecilia Acosta) por resolución del directorio de ASSE del 5/11/2013 presidido por Beatriz Silva; pero el 4/6/2015 la Dra. Laxaga es nombrada directora del Hospital Mercedes por el directorio de ASSE y la presidenta era la Dra. Susana Muñiz.

Es decir que Muñiz designa directora a Laxaga cuando desde el 2014 se contaba con el informe de la auditoría que señala que no se respetaba la conjunción del interés público con el privado, por eso decimos que la Dra. Muñiz no puede decir simplemente "son denuncias el período anterior", claro, pero donde ella era Presidenta de ASSE y en otro tiempo Ministra de Salud Pública y la pregunta que surge, es ¿quién controla a ASSE? El Ministerio de Salud Pública.

La Dra. Muñiz tendrá que explicar ésto y algunas cosas más a partir de decisiones en las que estuvo de por medio.

 

En la fotografía la Dra. Muñiz a la derecha y la Lic. Acosta a la izquierda, en visita al Hospital de Mercedes

(2375)


COMENTARIOS

Quiere comentar esta noticia?

* Campos obligatorios
* Nombre:
* Correo Electrónico:
* Comentario:
* Caracteres
Composite End
WordPress Appliance - Powered by TurnKey Linux