El Edil Heber Scirgalea, Partido Nacional, recordó que en sesión anterior hizo comentario que seguía de cerca "lo que estaba ocurriendo en el Hospital de Mercedes y que había guardado silencio porque se había realizado una auditoria y se estaba llevando adelante una investigación administrativa, por lo tanto no quería interferir en nada, pero al precipitarse los acontecimientos lleva a que hoy me refiera al tema".
De allí en más desarrolló el tema que está en línea con lo que ha venido informando y adelantando @gesor: "Pena me da referirme a la situación, hace más de veinte años que estoy trabajando desde la Comisión de Obras y he sido testigo de todo el sacrificio que se hace para sacar las cosas adelante, el eslogan de toda la vida ha sido EL HOSPITAL ES DE TODOS Y NECESITA DE TODOS.
El servicio urgencia y emergencia en domicilio como se está gestionando, surge como una propuesta de la Junta Departamental de Salud de Soriano.
El 26 de julio de 2013 a instancias de la Dirección Departamental de Salud de Soriano, se convoca a una reunión donde participan la Directora Regional Oeste de ASSE, otra funcionaria de la misma Dirección; y una profesional (funcionaria de ASSE e integrante de la emergencia en cuestión) que asistía como representante de los Trabajadores Médicos de ASSE. Ante consulta de esta última sobre qué nivel de atención le correspondía a la asistencia de emergencia, la Directora Regional Oeste de ASSE le respondió que era al segundo nivel, mediante licitación que llevaría adelante el Hospital.
El primer contrato con la empresa contratada se firma el 01 de octubre de 2013 y el 01 de enero de 2014 se firma el segundo contrato. En representación del Hospital lo firma la hoy Directora interina y por la empresa la profesional funcionaria de ASSE que a la vez tiene cuotas sociales en la empresa contratada.
Por otra parte, una profesional medica que luego ocupó un cargo importante en el Hospital, tenía vínculo desde diciembre de 2007 con la empresa que contrataba el Hospital para atenciones de urgencia y emergencias a domicilio. Aparentemente existiría en poder de ASSE un Certificado Notarial que acredita este hecho. El 05 de noviembre 2013 esta profesional es nombrada Sub. Directora, en diciembre del 2013 se designa como Ordenadora de gasto del Hospital y el 04 de junio de 2015 es nombrada Directora del Hospital.
En abril de 2014, siendo subdirectora, la profesional declara el vínculo con la empresa y pide ser eximida de participar en una licitación donde se involucraba la empresa que formaba parte, lo que parecería correcto. Pero aquí la primera interrogante: por un lado pide no participar del proceso licitatorio por su vínculo, pero antes y posterior a esa fecha, firmó lotes de facturas por gastos de contratación de la empresa de emergencia contratada y de la cual formaba parte por ser socia, como estría declarado según Certificado Notarial que me refería precedentemente. Lo que nos parece es que el vínculo que la jerarca tenía con la empresa privada la inhabilita, no solo a formar parte del proceso licitatorio (cosa que hizo), sino que además no podría intervenir como ordenadora de gastos.
Habiéndose constatado esta situación, en octubre de 2014, se elevan los antecedentes a la Gerencia Administrativa de ASSE a sugerencia de la Directora interina de esa repartición.
Con fecha 20 de enero de 2015 desde Jurídica de ASSE se aconseja no adjudicar licitación a la empresa privada porque el Hospital estaría inhabilitado para contratar teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 46 de TOCAF. Este artículo impide contratar con el Estado a los funcionarios públicos y a las personas que mantengan “un vínculo laboral de cualquier naturaleza, dependiente de los organismos de la administración contratante, no siendo de recibo las ofertas presentadas a título personal, o por firmas, empresas o entidades con las cuales la persona esté vinculada por razones de dirección o dependencia.”
Posteriormente se habría llevado a cabo una reunión participando la Gerente interina administrativa de ASSE, la Directora Regional Oeste y la actual Directora interina del Hospital, resolviendo que los servicios contratados a esta empresa, fueran firmados por la Directora Regional Oeste.
No obstante, con los antecedentes y sugerencias que se daban al respecto, se seguía contratando a la empresa como modalidad de forma directa; es decir no se no se hacía publicación alguna.
En algunas oportunidades y para poder pagarle a la empresa ya que se necesitaba la firma ordenadora de gasto, la profesional involucrada salía con licencia o era designada para cumplir funciones en forma transitoria en otra dependencia con conocimiento de la Dirección Regional. En estos casos, se nombraba otro Ordenador de Gasto y se realizaban los pagos en esa oportunidad, pero los servicios que dan origen al gasto ya se habían realizados, por lo que los gastos ya estaban dispuestos y ordenados por la Directora del Hospital. Lo que se hacía en estos casos era disfrazar un pago para saldar contrataciones dispuestas en otros días del año, para en un solo día hacer efectivo los mismos.
El 20 de febrero de 2015, como resultado y conclusiones a que se llegó después de una auditoría llevada a cabo en el mes de octubre de 2014 por los servicios tercerizados, el Cr. Héctor Garbarino como Gerente Administrativo de ASSE solicitó informes al Hospital por entender que para las contrataciones no se estaba cumplimiento con lo establecido al respecto a la capacidad para contratar y a la conjunción de interés público y privado.
En el mes de marzo de 2015, la funcionaria y socia de la empresa prestadora de servicios presenta una constancia de que había cedido sus cuotas sociales. Esta hecho nuevo es elevado a la División Jurídica Notarial de ASSE para consultar por la contratación de la empresa de referencia, la que responde que estaría impedida de contratar a la empresa, que podía ser habilitada para futuras contrataciones, teniendo en cuenta un previo estudio caso por caso para descartar así las situaciones de incompatibilidad previstas en el TOCAF.
Es de interés aclarar que el profesional al cual esta funcionaria le cedió las cuotas sociales cumple funciones de médico en el servicio de Emergencia del Hospital, y dependía jerárquicamente de la Directora.
No obstante en la Emergencia del Hospital trabajan como funcionarios de ASSE profesionales que también poseen cuotas sociales en la empresa contratada.
El 01 de diciembre de 2015 y como consecuencia de una sugerencia de la Dirección Jurídica, el Gerente General dispone se lleve adelante una investigación administrativa que esté relacionado al pago de facturas de la empresa prestadora de servicios.
El funcionario público que actuó como instructor en la investigación, sugirió sumario administrativo para la funcionaria antes referida, denuncia penal y se depositara el importe de las facturas en el Juzgado hasta que se resolviera el tema, habiendo sido compartido por la Dirección de División Contencioso de ASEE, con la diferencia que dispuso el pago de referencia previendo posibles reclamos. Por motivos que desconocemos, el Directorio de ASSE dispuso el cese con fecha 02 de marzo de 2016 del instructor de la investigación administrativa, cosa que nos llama poderosamente la atención.
Por lo que me han informado, el monto pagado a la empresa prestadora de servicios por facturas emitidas desde octubre 2013 a setiembre 2015 aproximadamente sería por valor que supera ampliamente los $ 10.500.000,00. El monto necesario para compra de medicamentos del hospital oscila en los $ 3.000.000,00, es decir que se facturó por parte de la empresa prestadora de servicios el equivalente a la compra de medicamentos para un período de tres meses. Nos preocupa el control del concepto de lo pagado. A título de ejemplo, nos han informado que la empresa prestadora de servicios por traslados de pacientes para estudio desde el Hospital al Sanatorio de CAMS, cobraba la suma de $ 12.100,00 durante el año 2015. Como escucha señor presidente, esa cifra es por un traslado desde el Hospital al Sanatorio. Hoy se realiza el mismo traslado por $ 1.500,00 por lo que no entiendo la razón de disponer esos traslados con ese abultado costo; pero sería interesante además poder saber que médicos de la emergencia disponían esos traslados, y si alguno de ellos tenían algún vínculo con la empresa prestadora de servicios.
Asimismo y como ejemplo, nos han dicho que mientras se realizaban traslados llevando a funcionarios hacia Dolores, Cardona o Villa Soriano, las ambulancias del Hospital permanecían estacionadas ociosamente. Otro punto que es necesario aclararle a la comunidad.
El Hospital terminó el año 2015 con un déficit aproximado a los $ 25.000.000,00 , monto que será superado con creces en este 2016, por lo que hoy la situación es más que preocupante.
Porque se siguió contratando después del mes de octubre de 2014, donde la auditoria habría detectado presunción de delito?
Qué se hizo por parte de las autoridades de ASSE, de la Dirección Regional para prevenir lo que podría estar configurado como un acto de corrupción, con situaciones claras de conjunción de interés público y privado, cuando se seguían firmado lotes de facturas por la Directora, después de haber reconocido su vínculo con la empresa y luego de tantas reuniones que se realizaron para acomodar el cuerpo, con amplio conocimiento del tema?
Que se tiene en cuenta para las designaciones de cargos, en este caso la Dirección del Hospital con los antecedentes y los informes negativos que se contaba?
Por todo lo expuesto señor presidente, no hay dudas que se estaría ante una situación clara de conjunción de interés público y privado, donde estarían involucrados más de un profesional funcionario de ASSE.
Que quede claro. No estoy acusando a nadie. Como representante de la sociedad, sí estoy trasladando hechos que habrían sucedido y que merecen un esclarecimiento por parte de las autoridades competentes.
Solicito tomen conocimiento de mis palabras, Presidenta de ASSE, Senador Guillermo Besozzi, Diputados Gonzalo Novales y Enzo Malán, Comisión de DD.HH esta Junta Departamental, Fiscal competente, Jefatura de Policía de Soriano para realizar las investigaciones que puedan corresponder y elevación a la Sede Judicial", concluyó la exposición de Scirgalea.