La Agrupación Parlamentaria de Alianza Nacional emitió declaración en la que solicita al Poder Ejecutivo que se aplique el Fondo creado en la Ley 15.903 en su artículo 464, numeral 3 y debidamente aprobados, autorizados y reservados en el actual Presupuesto Nacional para el año 2016 (Ley N° 19.355).
LA DECLARACION
Ante los graves e imprevistos acontecimientos ocurridos en la ciudad de Dolores como consecuencia del tornado del pasado viernes 15 de abril, las inmediatas inundaciones en la mayor parte del país y los consiguientes daños que afectan a familias, productores y la infraestructura vial nacional y departamental, la Agrupación Parlamentaria de Alianza Nacional emitió declaración en la que expresa:
1. Que entiende imprescindible que a la brevedad el Poder Ejecutivo disponga la utilización de los recursos presupuestales previstos por la Ley 15.903 en su artículo 464, numeral 3 y debidamente aprobados, autorizados y reservados en el actual Presupuesto Nacional para el año 2016 (Ley N° 19.355).
2. Que la Ley de Presupuesto Nacional dispone la suma de 3.209 millones de pesos (monto sin actualizar por IPC), lo que supera los 100 millones de dólares en el Inciso 23, “Partidas a Reaplicar”, Objeto del Gasto 713, “Acontecimientos Graves o Imprevistos”. Dicha previsión encuadra perfectamente en la situación que vive la ciudad de Dolores y los departamentos afectados.
3. Que apoya el compromiso del Presidente Tabaré Vázquez asumido ante las autoridades, vecinos y medios de comunicación en Dolores, al afirmar que la Presidencia de la República haría los mayores esfuerzos para reconstruir esa ciudad.
4. Que la Ley de Presupuesto Nacional contiene los recursos que deberá destinar urgentemente el Poder Ejecutivo para enfrentar los efectos de la catástrofe y que se sumarán a los recursos y esfuerzos que emanan de la inmensa solidaridad que ha demostrado el pueblo uruguayo y al esfuerzo material y humano que ya se están aplicando por parte del Gobierno Nacional y los Gobiernos Departamentales y locales.
LOS ANTECEDENTES. EL CRÉDITO HA SIDO UTILIZADO EN REITERADAS OPORTUNIDADES:
Hay diversos antecedentes de utilización de este recurso. Podemos mencionar algunos ejemplos:
A) Se utilizó para apoyar a la Intendencia Municipal de Montevideo cuando el incendio del Mercado Modelo.
Ley Nº 16.736
PRESUPUESTO NACIONAL
APRUEBASE PARA EL ACTUAL PERIODO DE GOBIERNO, QUE REGIRA A PARTIR DEL 1º DE ENERO DE 1996
Artículo 755.- Siendo el incendio del Mercado Modelo un acontecimiento grave e imprevisto que provoca importantes inconvenientes de alcance nacional, autorízase al Poder Ejecutivo a acordar con la Intendencia Municipal de Montevideo, la contribución que Rentas Generales aportará del Rubro 8, Inciso 24, "Acontecimientos Graves e Imprevistos", contemplado en el planillado adjunto a la presente ley, con el objeto de atenuar en lo posible, los inconvenientes referidos.
B) En 2011 se habilitaron recursos de ese Crédito, Decreto del Poder Ejecutivo mediante, para otorgar fondos al INAU para la construcción del SIRPA. Decreto Nº 319/011 - Instituto del Niño y del Adolescente. Se incrementan las asignaciones presupuestales a efectos de la construcción de un establecimiento para el Sistema de Responsabilidad Penal Adolescente (SIRPA).
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS (…)
ART. 1º.- Increméntense las asignaciones presupuestales del Inciso 27 "Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay", Programa 461 "Gestión de la privación de libertad", en el Proyecto 702 "Inmuebles para centros con medidas especiales" en $ 300:000.000 (pesos uruguayos trescientos millones), con cargo a las asignaciones presupuéstales establecidas en el numeral 3) del artículo 464 de la Ley Nº 15.903 de 10 de noviembre de 1987, "Acontecimientos Graves e Imprevistos" a efectos de la construcción de un establecimiento para el Sistema de Responsabilidad Penal Adolescente (SIRPA) y durante el período que requieran las obras.
C. En 2007, con la firma del Sr. Presidente Tabaré Vázquez y su Ministro de Economía Cr. Danilo Astori, se habilitaron recursos de ese Crédito, Decreto del Poder Ejecutivo mediante, para la capitalización de Pluna SA, en 28 millones de dólares.
La resolución 853 del 12 de diciembre 2007 expresa:
El Presidente de la República resuelve:
1°) Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas, a abonar a PLUNA Ente Autónomo la suma de U$S 28.374.072 a fin de capitalizar a PLUNA S.A. y por ende insístese en el gasto a que refiere la presente resolución.
2°) La erogación resultante se atenderá con cargo a Financiación 1.1 "Rentas Generales", inciso 24 "Diversos Créditos". programa 001, Objeto de Gasto 713 "acontecimientos Graves e Imprevistos".
Como se podrá ver, alguno de esos acontecimientos fue imprevisto, y otros para el Poder Ejecutivo revistieron características de graves, aunque discutibles.
Ninguno de ellos tan grave, imprevisto e indiscutible como la situación que motiva esta declaración.
Agrupación Parlamentaria de Alianza Nacional, 19 de abril de 2016
Fotografía Diario La República (archivo)