31 de December del 2015 a las 07:53 -
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Sesión Extraordinaria de la Junta Departamental
Se aprobó transferir la línea de transporte de ómnibus entre las ciudades de Dolores y Mercedes, a la Empresa ACLAND

 

Reunida en Sesión Extraordinaria la Junta Departamental de Soriano, por espacio de más de una hora, incluyendo un cuarto intermedio y en votación dividida se pronunció en torno a la concesión de una línea de ómnibus departamental.

El informe de la Comisión de Obras Públicas y Comunicaciones, que había estudiado el tema y que estaba firmado por los seis ediles que concurrieron a la reunión última, fue votado en forma nominal, resultando negativo por 12 en 31, siendo acompañado por los 8 ediles de la lista 903, más Ángel García, Máximo Mesa del Partido Nacional y los dos ediles del Partido Colorado.

Por la negativa lo hicieron los 9 ediles de la lista 22, dos de la lista 522, más Emanuel Borges del Partido Nacional y los 7 ediles del Frente Amplio.

Estos últimos ediles fueron los que posteriormente apoyaron el proyecto alternativo que presentara el edil Luciano Andriolo y que en consecuencia resultó aprobado por 19 en 31.

El decreto establece que se concede anuencia a la Intendencia de Soriano, para transferir la línea de transporte de ómnibus entre las ciudades de Dolores y Mercedes, a la Empresa ACLAND, en los mismos turnos y horarios que usufructuaba la firma Martinelli Turismo, la que presentó renuncia y le fue aceptada según Decreto Nº 1640 del 9 de diciembre de 2015.

Dicha adjudicación, de carácter temporario, lo será hasta tanto se lleven a cabo los trámites necesarios para proceder al correspondiente llamado a licitación, conforme a lo establecido en el ordenamiento jurídico respectivo, TOCAF, que deberá efectuarse en el término de doce meses, 365 días corridos a partir del día de la fecha.

Se requerirá a la Intendencia de Soriano la comunicación en forma inmediata al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a fin de que urgentemente lo comunique a la Corporación Nacional para el Desarrollo, a efectos de que la Empresa Acland, pueda usufructuar los subsidios legales que le corresponden.

(2053)


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