
Tras un domingo sin actividad por el Torneo Clausura de la Primera División del fútbol de Mercedes, sesionó la Liga en su local de calle Ituzaingó, dándose a conocer en la oportunidad el fallo del Tribunal de Penas en torno a los incidentes del encuentro Juventud Soriano -Sud América, en el Estadio Anito Moranti, encuentro suspendido por el árbitro Héctor Gutiérrez cuando transcurrían 33 minutos del segundo tiempo, por agresión e invasión al campo de juego. De acuerdo al fallo, capilleros y buzones deben completar su enfrentamieno. El pico de 12 minutos (y 2 minutos de adición) se disputará este miércoles 31 de octubre en el Estadio Luis Koster, a puertas cerradas, a las 20:00 horas.
Multa
La Institución Atlética Juventud Soriano fue multada en 25 UR (Unidades Reajustables).
Suspensiones
De los cuatro jugadores expulsados por Héctor Gutiérrez, Néstor Peralta se llevó la peor parte: fue sancionado con doce meses de suspensión.
Los restantes futbolistas de la entidad capillera fueron suspendidos con 3 fechas de suspensión: el golero Augusto Maldonado, Claudio Garcilazo y César Rosso. Por su parte el Director Técnico Mauricio Giannechini fue suspendido también por 3 fechas. A su vez Gustavo Ventín, integrante del cuerpo técnico, recibió una sanción de seis meses de suspensión.
El fallo del Tribunal de Penas
Denuncia formulada en el encuentro disputado el 21 de octubre de 2012 entre el club Juventud Soriano y Sud América, encuentro que fuera suspendido por decisión del árbitro Héctor Gutiérrez.
Resultando 1º) El día 22 de octubre se recibe el formulario del encuentro en el cual informa el señor árbitro la suspensión del partido por no estar dadas las garantías suficientes para continuar.
Resultando 2º) Se adjunta al formulario nota ampliatoria en la cual se manifiestan los hechos que llevaron a la suspensión del encuentro, así como también se da a conocer los jugadores expulsados y demás personas denunciadas.
Resultando 3º) Se recibe declaración del señor árbitro Gutiérrez y del asistente señor Júpiter Cáceres.
Resultando 4º) Se recibe informe de gerencia en el cual se da cuenta de los integrantes de directiva y terna de delegados ante esta Liga.
Resultando 5º) Se confiere vista de la denuncia al club Juventud Soriano, siendo evacuada en tiempo y forma.considerando que la suspensión del encuentro:
1º Corresponde a este Tribunal determinar si es aplicable la normativa respecto a la suspensión de los encuentros en caso de acontecer hechos anormales o que afecten el normal desarrollo de los mismos.
2º Es evidente que tales hechos ocurrieron y que los mismos fueron los que motivaron que la terna arbitral se retirara del campo de juego. Es de destacar que el árbitro manifiesta que los particulares que ingresaron fueron con el fin de apaciguar a los jugadores de Juventud Soriano que estaban protestando.
3º Acude entonces este Tribunal a la lectura del art. 36 literal b) y literal 4 del Reglamento General norma que castiga a la instituciones en caso de ser responsables de hechos graves y origen colectivo que afecten el normal desarrollo de los encuentros.
4º Sin embargo, es contundente la explicación dada en persona por el señor árbitro Héctor Gutiérrez al ser interrogado por los motivos de la suspensión del encuentro. Se transcribe: pregunta ¿usted suspende el juego por invasión de la parcialidad de Juventud? contesta "no, no lo suspendo por la invasión sino que buscaba que el partido se jugara en condiciones normales".
5º El árbitro manifiesta que no estaban las condiciones dadas y que buscaba jugar "en condiciones normales". Y que una vez que tomaran conocimiento de la expulsión de cuatro jugadores y el Dt de Juventud, la situación podría empeorar al reanudarse el encuentro.
6º En tal sentido este Tribunal considera que el encuentro debe continuar prestando las garantías suficientes para la culminación del mismo.
De las expulsiones y denuncias
7º de la denuncia ampliatoria adjunta al formulario surgen las siguientes las siguientes expulsiones a los jugadores del club Juventud Soriano: Néstor Peralta, Claudio Garcilazo, César Rosso, Augusto Maldonado y al DT Mauricio Gianechini y denuncia al señor directivo Gustavo Martínez Ventín.
Fallo:
1º Se determina la continuidad del encuentro suspendido, cometiéndose los detalles de la reanudación del mismo al Consejo Directivo de esta Liga.
2º Aplíquese a la Institución Atlética Juventud Soriano una multa equivalente a 25 unidades reajustables art.36 lit b)
3º Suspéndase a los siguientes jugadores: Augusto Maldonado 3 partidos art. 18 del Código de Penas y 5 IA, Claudio Garcilazo 3 partidos art. 18 y 5 IA, César Rosso 3 partidos art. 18 y 5 IA, Néstor Peralta 12 meses art. 16 y 5 IA, director técnico Mauricio Gianechini 3 partidos art. 18 y 5 IA, y Gustavo Martínez Ventín seis meses en toda actividad art. 17 y % IA.
Firman: Dr. Javier Paz, Esc. Joaquín Alvarez, Gonzalo Paitta y Dr. Mauricio Reyes.