En un contexto donde nivel continental el año pasado se registraron “escasos avances en materia de libertad de expresión”, Uruguay destacó positivamente tras la aprobación de la ley de servicios de comunicación audiovisual, según señala el informe anual correspondiente al año 2014 de la Relatoría para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
El organismo, que es encabezado por el periodista y abogado uruguayo Edison Lanza, señala que los “escasos avances para el ejercicio de la libertad de expresión” a nivel del continente estuvieron marcados, entre otras cosas, por un aumento de la violencia contra periodistas o la reacción desmedida contra manifestantes.
Sin embargo, Uruguay dio la nota positiva tras la aprobación de la ley de servicios de comunicación audiovisual, que ofrece “máxima protección de la libertad de expresión”, establece el informe de la Relatoría.
El organismo destaca que la ley aprobada a fin del año pasado reconoce el derecho a la libertad editorial y de programación, la independencia de los medios y prohíbe la censura. El texto también promueve la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes y otros grupos vulnerados.
Otro de los aspectos que la Relatoría destaca como positivos fue la utilización de la ley de acceso a la información pública (ley Nº 18.381) para el control y la participación ciudadana. El informe recuerda la acción de amparo entablada por la ONG Uruguay Libre con el patrocinio de CAinfo que derivó en la obligación de que el Estado entregue información sobre el proyecto minero Aratirí.
Como principales amenazas, la Relatoría recuerda que el año pasado el gremio de periodistas de Uruguay manifestó a la Suprema Corte de Justicia su preocupación por las citaciones a periodistas que se encontraban investigando las violaciones a los derechos humanos durante la última dictadura cívico militar para que revelen sus fuentes.
El informe recuerda que el Principio 8 de la declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la CIDH establece que “todo comunicador social tiene derecho a la reserva de sus fuentes de información, apuntes y archivos personales y profesionales”.
Además, la Relatoría recuerda el caso de dos periodistas de El Eco de Colonia, que fueron demandados por un jerarca de la intendencia de ese departamento por difamación e injurias. Esta demanda fue realizada luego de que El Eco denunciara presuntas irregularidades en la Dirección de Tránsito de la comuna.
El caso fue archivado por la Justicia a fines de 2014, más de un año después de presentada la demanda, a pesar de que en Uruguay rige desde 2009 una reforma legal que exime de pena a las personas que difunden información de interés público, salvo que exista real malicia en la divulgación de informaciones falsas.
La Relatoría recuerda en el informe que “someter a un periodista o comunicador a un proceso penal como consecuencia del ejercicio legítimo de su derecho a la libertad de expresión vulnera ese derecho y afecta el libre ejercicio del oficio”.
A continuación incluimos el informe correspondiente a Uruguay.