El Consejo Ejecutivo de la OFI mediante la Circular Nº 2197 recordó a las Ligas y Clubes afiliados la normativa sobre derechos de televisación vigente:
“En los partidos de los Campeonatos organizados por O.F.I., los beneficios provenientes de los derechos de televisación en directo, fuera de los canales de difusión local, serán repartidos de la siguiente manera:
40% para cada uno de los participantes,
10% para la Liga locataria (o Sector)
y 10% para O.F.I.
Si la Liga, Club o Sector locatario fuera al mismo tiempo participante, percibirá beneficios por ambos conceptos.
El Consejo Ejecutivo representará a la Organización del Fútbol del Interior en los convenios a realizarse.”
Los afiliados que hayan establecido algún tipo de convenio tienen la obligación de notificar al Consejo Ejecutivo del mismo”, concluye la Circular.