La Dirección General de los Servicios Agrícolas (DGSA) emitió un comunicado en el que comunicó “la obligatoriedad del registro” de “productos que incluyan entomófagos utilizados como agentes de control biológico de plagas agrícolas”. El entomófago es un animal que se alimenta de insectos.La comunicación fue dirigida a “empresas que comercializan o distribuyen productos formulados a base de entomófagos utilizados como agentes de control biológico de uso agrícola en todo el territorio nacional”.Se trata de la implementación de la resolución N° 220 del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP), del 28 de febrero pasado, referente “al registro, control y venta de productos que incluyan entomófagos utilizados como agentes de control biológico de plagas agrícolas”.Las empresas deberán registrarse “a través de la gestión de registro disponible en la página web de la DGSA (http:/www.mgap.gub.uy/dgssaa/index.htm).En virtud de la norma citada, la DGSA, a través del Departamento de Agentes Biológicos, comunicó “la obligatoriedad del registro de estos productos para su autorización de comercialización”.