Un adolecente terminó siendo objeto de inicio de proceso infraccional, tratándose de M. S. G., de 17 años, como adolescente responsable de una infracción prevista por la ley penal como delito de “hurto” conforme al artículo 340 del código penal.
Mientras tanto a otro de iniciales R. A. R. P., uruguayo, de 16 años, también se le inició proceso como adolescente responsable de “un delito de receptación” previsto en el artículo 350 bis del código penal, imponiéndoseles como medida cautelar la obligación de concurrir dos veces por semana durante 30 días a dependencia del INAU a los efectos de recibir orientación y apoyo.
Tiene que ver con las actuaciones cumplidas por Seccional 5ta. en torno al hurto de la moto Winner 110 cc., matrícula KMN -961, por lo que fueran conducidos e indagados dos adolescentes y un hombre mayor de edad.