El titular del Juzgado Letrado de Primera Instancia de 1º Turno de Mercedes, Dr. Marcelo Souto, resolvió procesar a un individuo oriundo de la ciudad de Guichón, por el hurto de postes de madera utilizados para alambrar campos desde un establecimiento privado ubicado en "Paraje Duraznito", donde había sido contratado para realizar la tarea de alambrado.
El ahora procesado, de iniciales H.E.C.P.E. posee una empresa que desarrolla tareas rurales tales como limpieza de montes y alambrados. En el pasado mes de octubre acordó alambrar un establecimiento rural bajo la administración del denunciante. Como parte de esa contratación de servicios, se convino que los postes necesarios para alambrar serían elaborados con materiales propios del establecimiento. Con el pasar de los días y a raíz de presuntos pagos incumplidos por el contratante, el trabajador decidió sustraer los postes que estaba confeccionando en el establecimiento para posteriormente comercializarlos y afrontar deudas contraídas. Al no encontrar compradores en las localidades de Palmitas y Egaña, se trasladó hacia la ciudad de Guichón en un camión del cual no tenía papeles reglamentarios y en una camioneta Fiat Fiorino sin matrícula ni papeles. En Guichón intercambió los postes a un precio aproximado de $200 cada uno, recaudando la suma de $40.000. Según surge del auto de procesamiento, declaró haber sustraído una cantidad cercana a los doscientos postes. Por su parte, el denunciante declaró el faltante de 400 postes avaluados en $300 cada unidad.
El magistrado actuante resolvió el procesamiento sin prisión por la presunta comisión en calidad de autor penalmente responsable de un delito de hurto. La disposición se fundamenta en lo establecido por los artículos 60, y 340 del Código Penal. El artículo 340 del Código Penal establece que el hurto lo comete quien se apodera de una cosa ajena "sustrayéndosela a su tenedor, para aprovecharse, o hacer que otro se aproveche de ella".